La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) distingue entre las acciones de disuasión y prevención de la corrupción y aquellas que la combaten mediante la investigación y, en su caso, sanción de las conductas indebidas cometidas por los servidores públicos y los particulares relacionados con faltas graves. Las primeras se vinculan con la emisión de los códigos de ética y de conducta.

Durante los últimos cuarenta años se ha avanzado en los mecanismos de prevención extendiendo la obligación de presentar tres declaraciones (patrimonial, de intereses y fiscal) a todos los servidores públicos y se agregaron aquellos relacionados con los principios, valores, directrices, reglas de integridad que deben orientar la conducta de las personas vinculadas directa e indirectamente con la gestión pública.

El pasado 8 de febrero de 2022 se publicó el cuarto Código de Ética de la Administración Pública Federal, segundo del gobierno actual, que hace énfasis en la austeridad republicana como guía de la ética pública: Hay que resaltar que no menciona la palabra transformación, y, en contraste a los anteriores, desarrolla los principios de la gestión pública establecidos en la constitución y el artículo 7 de la LGRA.

Este Código de Ética es obligatorio para los servidores públicos y orientador para otras personas que no se encuentren previstas como servidoras públicas tales como prestadores de servicio social o quienes realizan prácticas profesionales.

Una novedad es que agrega conductas que estos sujetos deben evitar para cumplir con los principios de respeto a los derechos humanos, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia y transparencia.

El nuevo Código establece conductas contrarias al respeto a los derechos humanos en las que incluye prácticas reprochables relacionadas con el acoso y el hostigamiento sexual.

Además, recupera de las reglas de integridad del 2015 aquellas que prohíben la contratación de personas que no reúnan el perfil del puesto (falta de mérito) y otras relacionadas con las contrataciones públicas y los trámites. Prevenir y disuadir la corrupción en la gestión pública es el camino.

Esta semana hubo oportunidad de revisar cómo debe asumir un servidor público su compromiso con la sociedad, según el nuevo Código, que establece que el dilema ético implica realizar ejercicios de reflexión para elegir lo mejor entre dos o más opciones de solución y para tal efecto deben analizarse los efectos de la acción elegida en el “interés público desde diversos puntos de vista, tales como la institución, personas implicadas, sociedad, opinión pública o medios de comunicación” y tomar en cuenta los principios y valores de la gestión pública y, en su caso, descartar opciones.

En el caso de la inclusión de la ivermectina no se cumplió con este compromiso ético a cabalidad. La ivermectina es un medicamento veterinario, en el paquete de la atención primaria del COVID 19 en la Ciudad de México, cuyo uso terapéutico en humanos estaba en investigación cuando se distribuyó. Hoy está contraindicado para el tratamiento de esta enfermedad.

Por lo tanto, la solución adoptada del uso de ivermectina está sometida al juicio de la ciudadanía en los medios de comunicación como cualquier dilema de ética pública. Esta acción será calificada políticamente, independientemente de que se entablen demandas judiciales o se finquen responsabilidades administrativas.

La defensa de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México publicada el 5 de febrero es insuficiente para justificar una decisión que afectó -no sabemos en que dimensión- las condiciones de salud de los pacientes de COVID-19 por el grado de toxicidad del medicamento.

López Gatell, en la defensa de la defensa, señaló que la ivermectina era un poco tóxica (El Financiero, 08-02-22) y reconoció que se sabía que tenía efectos secundarios negativos en los pacientes y se requería una valoración particularizada para suministrarlo. A pesar de esta información científica, se decidió entregar este medicamento en forma generalizada en los centros de salud creando en la población la falsa idea de que era útil y barato para la cura del COVID-19, sin que su ingesta necesitara indicación médica.

La reflexión a que invita el Código de Ética consiste en anteponer el interés público a las ambiciones personales o del grupo político. El asunto de la ivermectina lo pretenden reducir a demostrar que, a pesar de las cifras escalofriantes de defunciones por la pandemia que motivaron una denuncia penal contra López Gatell, la estrategia de manejo de la epidemia, según el gobierno, ha sido virtuosa.

El nuevo código pone énfasis en la importancia de reflexionar antes de tomar una decisión pública en la que haya varias soluciones posibles y de ponderar ventajas y desventajas de las mismas con base en principios y valores. Las constantes ocurrencias de las autoridades de salud durante la pandemia demuestran que este tipo de reflexión ha estado ausente.

Investigador del Instituto Mexicano de Estudios
Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacionales
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