Desde los procesos electorales de 2006 y 2009 el Instituto Federal Electoral (IFE), hoy Instituto Nacional Electoral (INE), ha elaborado diversos materiales electorales con la finalidad de garantizar los derechos humanos, la no discriminación y la igualdad de oportunidades en las elecciones en nuestro país.
En el mes de septiembre de 2015, a solicitud del INE, el área de Investigación Aplicada y Opinión del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM presentó el Informe “Ciudadanía con Discapacidad e Integración de Mesas Directivas de Casilla”. Este estudio fue un elemento central para que en abril de 2016 el Consejo General del INE, su máximo órgano colegiado de decisión determinara instruir a sus 300 Consejos Distritales que corresponden a igual número de distritos electorales federales que abarcan todo el país, a garantizar el ejercicio del derecho a integrar las casillas a las personas con alguna discapacidad.
Estas acciones fueron punta de lanza para que el INE fuera tomando diversas disposiciones que dieron pauta a garantizarle a las personas con discapacidad su derecho al voto y su participación en los procesos electorales. Entre los elementos más significativos, destaco los siguientes:
- Aprobación (mayo de 2017) del “Protocolo para la inclusión de personas con discapacidad como funcionarias y funcionarios de mesas directivas de casilla”.
- La firma, por parte del INE (marzo de 2018) de la Carta Compromiso en respuesta a las peticiones de las personas con discapacidad y de las organizaciones de la sociedad civil y en cumplimiento a la política de igualdad de género y no discriminación del INE 2016-2023.
- Emisión del Decálogo de Elecciones y Derechos de las personas con Discapacidad, el cual contiene los derechos y la garantía para las personas con alguna discapacidad de contar con una credencial de elector; de integrar la lista nominal; de recibir apoyo de una persona de su confianza para poder ejercer el derecho al voto, si así lo requiere; a recibir un trato respetuoso de las y los funcionarios de casilla; contar con casillas en espacios accesibles que cumplan con las dimensiones adecuadas para la circulación y libre desplazamiento, entre otras.
Estos trabajos junto con la publicación de diversas reformas y adiciones a distintas leyes, el 13 de abril de 2020 y conforme a otros ordenamientos legales, dieron pauta para que el INE aprobara el pasado 27 de abril el “Protocolo para la adopción de medidas tendientes a garantizar el derecho al voto y a la participación ciudadana de las personas con discapacidad en los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana”.
El Protocolo, a través de 15 acciones generales, entre las que se encuentran el trato digno, cordial y respetuoso a las personas con alguna discapacitad; el uso de lenguaje incluyente y no discriminatorio; la garantía para que cualquier persona con discapacidad pueda ejercer libremente su derecho constitucional y legal al voto; la preferencia de que puedan acceder a votar sin necesidad de hacer fila; brindar el apoyo suficiente a las personas con discapacidad que lo requieran para depositar su voto, entre otras, tiene por objeto brindar orientación en torno a la manera óptima de interactuar y apoyar a las personas con discapacidad para garantizar tanto su derecho al voto como a su participación tanto en los procesos electorales como a los ejercicios de participación ciudadana que se registren en nuestro país.
Este Protocolo, que se empezará a implementar en los procesos electorales 2022-2023, establece los pasos, principios, enfoques y perspectivas a seguir para la adecuada atención de este importante segmento de nuestra población.
Estas acciones, junto con otras que el INE ha ido implementando de manera progresiva forman parte de un cúmulo de acuerdos que buscan fortalecer nuestro sistema democrático a través de la garantía al ejercicio de nuestro derecho al voto y de nuestra libre participación quedando en la ciudadanía la determinación a elegir, en su momento por el partido político, coalición, candidata o candidata de su preferencia en los procesos electorales, o bien, si de un ejercicio de participación ciudadana se trata, de emitir su opinión libremente.
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