El Instituto Nacional Electoral (INE), de acuerdo con lo establecido en diversas disposiciones de la Constitución Política, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, es la única autoridad encargada de la administración de los tiempos del Estado en radio y televisión correspondientes a la prerrogativa de los partidos políticos y candidaturas independientes, así como la asignación de los tiempos para las demás autoridades electorales.

El pasado 31 de mayo, el Consejo General del INE, su máximo órgano de dirección, aprobó el acuerdo (INE/CG297/2023) mediante el cual determinó la realización del monitoreo de programas en radio y televisión que difundan noticias, acordando, además, instruir al Comité de Radio y Televisión, órgano auxiliar del Consejo General del INE, para elaborar las propuestas de metodología, catálogo y requerimientos técnicos, así como la elaboración de la convocatoria para el monitoreo en los espacios noticiosos.

Trabajos previos realizados para elecciones federales pasadas se han basado en ocho variables fundamentales: tiempos de transmisión, género periodístico, valoración de la información, recursos técnicos utilizados para presentar la información, importancia de las noticias, registro de encuestas o sondeos de opinión, igualdad de género y no discriminación, y violencia política contra las mujeres en razón de género.

Bajo este contexto, el pasado 7 de julio del presente año, el INE aprobó la Metodología y el Catálogo que deberá utilizarse para llevar a cabo el Monitoreo de las transmisiones sobre las precampañas y campañas federales del proceso electoral 2023-2024 en los programas de radio y televisión que difundan noticias, así como los requerimientos técnicos que deberán atender el INE y la Institución de Educación Superior que realice el monitoreo y análisis del contenido de las transmisiones del proceso electoral federal, para lo cual, se incorporan cinco nuevas variables, destacando: por primera vez que se dará seguimiento a las precandidaturas, a las candidaturas por acciones afirmativas, estereotipos en grupos en situación de discriminación y violencia política contra personas precandidatas y candidatas.

Con este acuerdo el INE construye la metodología más grande que se haya tenido hasta la fecha, que abarcaría el 63% más que en el proceso electoral federal pasado y más del doble que en el proceso electoral 2017-2018 y que en ningún caso se vulnera, violenta o limita la libertad de información de ningún medio de comunicación ni programa en radio o en televisión.

En este sentido, la Metodología aprobada, que se realizará en los periodos de precampaña que va del 5 de noviembre de 2023 al 3 de enero de 2024, así como en el periodo de las campañas electorales cuyo registro abarcará del primero de marzo al 29 de mayo de 2024, lo que permitirá generar transparencia, certeza, equidad y objetividad no sólo al INE sino a la ciudadanía y a los diversos actores en el proceso electoral y que abordará entre otros, los siguientes aspectos:

  • Obtención de información sobre el tiempo destinado y trato otorgado a cada partido político o coalición, así como a las candidaturas a la Presidencia de la República, senadurías y diputaciones federales en los programas de radio y televisión que difundan noticias;
  • Información de las diversas variables de monitoreo, desagregada por género, de las precandidaturas y candidaturas, para identificar, en su caso, las diferencias en el tratamiento otorgado a cada partido político o coalición, así como a las candidaturas independientes de los cargos referidos anteriormente;
  • Información que permita conocer la presencia de violencia política contra las mujeres en razón de género en la cobertura de los programas de radio y televisión;
  • Identificar, en su caso, diferentes formas de discriminación debido a la interseccionalidad de género y, en general, con cualquier forma de discriminación durante las etapas de precampaña y campaña;
  • Tiempo, tratamiento y cobertura que se otorgue a cada partido o coalición y, en su caso, a las candidaturas independientes en los 10 programas de revista o espectáculos con mayor audiencia nacional, así como en los 3 programas de debate, opinión y análisis objeto del monitoreo, entre otros.

Ahora bien, tal y como lo expuse en la sesión púbica de Consejo General el pasado 7 de julio, el INE debe de hacerse cargo de la cobertura que es difundida a través de las redes sociales y las plataformas digitales de los mismos espacios noticiosos con lo que garantizaríamos la imparcialidad, certeza y acceso igualitario a los medios a todas y todos los actores políticos pero, sobre todo, visibilizar y combatir la violencia política en razón de género que desafortunadamente ha aumentado de manera exponencial en medios digitales y del que la autoridad electoral tiene conocimiento en cada sesión ordinaria del Consejo General.

Los resultados que se obtengan de este monitoreo serán difundidos cada quince días por medio de los tiempos destinados a la comunicación social del INE, en su portal de internet y en sus redes sociales, así como en los medios informativos que la propia Institución determine, brindando con ello a la ciudadanía y a partidos políticos, en su oportunidad a coaliciones y candidaturas independientes, información oportuna y precisa sobre la cobertura y tendencias informativas y, de ser el caso, sesgos de información y género en los programas que difunden noticias en radio y televisión.

Consejera electoral del INE

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