Con el decreto publicado el pasado 15 de septiembre de la llamada reforma judicial, destacan, entre otras disposiciones, que las personas juzgadoras de las distintas instancias del Poder Judicial de la Federación serán electas por voto popular de la ciudadanía, con ello, se estableció que el Instituto Nacional Electoral (INE) será la instancia responsable de organizar, desarrollar y, en su oportunidad, efectuar el cómputo de dicho ejercicio democrático, inédito en nuestro país.
En este sentido, el INE a pesar de contar con muy poco tiempo y con escasos recursos para la organización de tan importante elección, ha tomado diversos acuerdos y con ello, acciones para la organización de este proceso electivo.
Ejemplo de ello, es el acuerdo aprobado el pasado 30 de diciembre de 2024, por el que fueron aprobados el diseño y la impresión de las boletas para la elección de las personas juzgadoras.
El diseño de estas boletas aprobado por la mayoría de las y los consejeros electorales, demanda que las personas electoras, indebidamente a mi juicio, deban escribir en diversos recuadros los números correspondientes a las candidaturas de su preferencia de los listados respectivos.
En dicha sesión emití un voto particular por considerar que este diseño y método de escribir los números de las candidaturas es incompatible con la efectividad del sufragio, con la certeza y legalidad que toda elección debe revestir.
El obligar a las personas electoras a escribir los números de las candidaturas de su preferencia podría generar confusión tanto en la mampara como en el acto de cómputo por la posibilidad de no distinguir adecuadamente los números; 1 o 7, 3 u 8, por ejemplo, o bien, porque en cada recuadro se escriba solo un número restringiendo el número de opciones que puede elegir cada persona electora. Esto es importante tenerlo en cuenta ya que, de acuerdo con el Inegi, el analfabetismo en 2023 se estimó en 4.4 millones de personas de la población de 15 años y más.
En cuanto a la brecha de género, el Inegi señala que, de este universo, casi el doble de mujeres no sabe leer en comparación con los hombres; en localidades rurales, 13% de las mujeres es analfabeta y en zonas urbanas el 4%. Además, en México el 16% de la población de 60 años y más es analfabeta, donde las mujeres representan el 19% y los hombres el 13%.
El acuerdo aprobado por el INE podría traer como resultado que se discrimine entre el 4% y 5% de las personas electoras, lo que contraviene diversas disposiciones que deben preservarse para brindar una auténtica garantía en la emisión del sufragio.
Incluso, considero que en el acuerdo descrito no se realizó un ejercicio de interpretación adecuado, pues con el diseño aprobado no se brinda a las personas electoras que no saben leer ni escribir una interpretación que proteja su derecho al voto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de jurisprudencia 1ª/J.86/2017 señala que el principio de progresividad en nuestro sistema jurídico es aplicable a todos los derechos humanos, en principio porque la Constitución no hace distinción alguna al respecto y señala que todas las autoridades están obligadas a proteger, garantizar, promover y respetar los derechos humanos, entre ellos el de progresividad.
Por su parte, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPF), al resolver el juicio para la protección de los derechos políticos y electorales del ciudadano, SUP-JDC-1004/2015 emitió, entre otras, la jurisprudencia 28/2015 que indica que el principio de progresividad es uno de los principios rectores de los derechos humanos, incluido el político-electoral.
Consecuentemente, el TEPJF ha señalado que la obligación general del Estado Mexicano, en concordancia con diversos tratados internacionales, es adoptar medidas para hacer realidad los derechos político-electorales de todas las personas en condiciones de igualdad, sin discriminación alguna para su pleno ejercicio de ejercer su voto.
Por estas y otras razones que expuse de manera pública en dicha sesión del Consejo General del INE, su máximo órgano de decisión, me manifesté en contra de este acuerdo aprobado por la mayoría de las y los consejeros y emití un voto particular en el que compartí las razones, que de manera general expongo en este espacio.
El INE se ha distinguido por ser por más de 30 años un referente para la ciudadanía, cuya confianza se manifiesta elección tras elección por darle certeza e igualdad a todas y todos los votantes. Este ejercicio que por primera vez se realizará en nuestra nación no debe ser la excepción y reitero que desde mi posición como consejera electoral seguiré luchando por maximizar los derechos políticos y electorales de la ciudadanía.
Consejera electoral del INE