Uno de los aspectos más importantes en que han incidido las autoridades electorales administrativas es el reconocimiento a sectores de nuestra sociedad que históricamente han estado discriminados. Por ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) durante el proceso electoral federal 2017-2018 emitió criterios aplicables para el registro de candidaturas a cargos de representación popular en el que estableció por primera ocasión una acción afirmativa por la que los partidos políticos nacionales o coaliciones debían postular para el caso de diputaciones federales por el principio de mayoría relativa, fórmulas integradas por personas que se autoadscribieran como indígenas, en al menos 13 distritos electorales federales con más del 60% de población de indígena, respetando la paridad de género.
Para el proceso electoral 2020-2021 el Consejo General del INE nuevamente aprobó criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por primera vez por ambos principios de representación, para que los partidos políticos postularan en 21 distritos candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa de acuerdo con la acción afirmativa indígena, y 9 correspondieron por la vía de la representación proporcional.
Asimismo, el INE, en acatamiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó sus criterios para el registro de candidaturas con la finalidad de establecer otras acciones afirmativas para personas en situación de discriminación. El INE determinó 8 fórmulas para personas con discapacidad, 6 de mayoría relativa y 2 de representación proporcional; para personas afromexicanas 4 fórmulas, 3 de mayoría relativa y 1 de representación proporcional; personas de la diversidad sexual 3 fórmulas, 2 de mayoría relativa y 1 de representación proporcional, y finalmente, para personas migrantes 5 fórmulas, todas por la vía de la representación proporcional.
Ahora bien, para el proceso electoral 2023-2024 el Consejo General del INE aprobó en septiembre pasado un acuerdo que no compartí para determinar una bolsa para que cada partido político, según conviniera a sus intereses, determinara las acciones afirmativas bajo las que haría sus postulaciones en ambas Cámaras. Por fortuna, ese acuerdo fue revocado por el TEPJF y el pasado 25 de noviembre, el Consejo General del INE aprobó el mecanismo a través del cual se implementarán acciones afirmativas que permitan, por un lado, garantizar la paridad de género y, por el otro, incluir a grupos vulnerables en el registro de diputaciones y senadurías.
Para el proceso electoral federal 2023-2024, sobre el tema específico de acciones afirmativas el INE determinó para la Cámara de Diputaciones que los 25 distritos electorales federales con más del 60% de población indígena, los actores políticos deberán registrar fórmulas integradas por personas que se autoadscriban indígenas de forma paritaria; por lo que hace a la representación proporcional se establece que deberán postularse 9 fórmulas de diputaciones indígenas en los 10 primeros lugares de la lista, 4 en la tercera circunscripción, 2 en la cuarta y 1 en la primera, segunda y quinta respectivamente.
Por lo que toca a otras acciones afirmativas también para la Cámara de Diputadas y Diputados por el principio de mayoría relativa, 3 fórmulas de candidaturas deberán integrarse por personas afromexicanas, 6 fórmulas por personas con discapacidad, 2 fórmulas para personas de la diversidad sexual, las cuales podrán registrarse en cualquiera de los 300 distritos electorales federales.
Respecto a las diputaciones de representación proporcional, una para personas afromexicanas y otra para personas de la diversidad sexual y dos para personas con discapacidad, las cuales podrán registrarse en cualquiera de las circunscripciones electorales ubicándolas en los primero diez lugares de la lista.
Por lo que hace a personas migrantes residentes en el extranjero, se deberán postular 5 fórmulas de diputaciones de representación proporcional en cada una de las circunscripciones electorales, igualmente en los primeros 10 lugares.
Respecto a las nueve acciones afirmativas implementadas por el INE por primera vez para el Senado de la República, se establece la aplicación de 3 medidas afirmativas en los primeros 15 lugares de la lista de representación proporcional, una para migrantes, otra para población indígena y una más para personas con discapacidad.
Por el principio de mayoría relativa, cuatro corresponderán a la población indígena, en donde deberán contender en entidades con mayor al 30% de población indígena en los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Yucatán. El resto de las acciones afirmativas corresponderán para una persona afromexicana y una más para personas de la diversidad sexual.
Con este panorama se incorporan segmentos importantes de la población a la representación política lo que va construyendo el camino para contar con una sociedad incluyente, pluricultural y representativa que fortalece nuestro sistema democrático.
Consejera electoral del INE