Por Horacio Martínez Meza
La omisión de la I Legislatura del Congreso de la Ciudad de México de aprobar la Ley de Ordenamiento Territorial a más tardar el 31 de mayo de 2020, tal como lo determina el artículo sexto transitorio de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; la reforma en 2019 de los artículos transitorios décimo quinto y octavo de la Constitución Política de la Ciudad de México y de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo respectivamente, reforma que transgredió el principio de jerarquía previsto en los numerales 1 del Apartado C; 1 y 3 del Apartado B del artículo 15 de la Constitución Local; la omisión por parte del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México de elaborar conjuntamente con la SEPI y los Pueblos y Barrios Originarios los lineamientos para que estos últimos participaran en la formulación del Plan General de Desarrollo (PGD) y del Programa General de Ordenamiento Territorial (PGOT); así como la falta de consulta indígena a los Pueblos y Barrios Originarios de la Ciudad de México de conformidad con el Convenio 169 de la OIT y los artículos 21 numeral 1 de la Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios y 66 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo, los anteriores elementos sumados a las movilizaciones emprendidas por los Pueblos Originarios principalmente de Milpa Alta y Xochimilco en contra de los proyectos del PGD y PGOT, trajeron consigo que el actual Jefe de Gobierno solicitara el 7 de diciembre de 2023 el retiro ante el Congreso de la Ciudad de México de ambos proyectos de planeación, una decisión correcta que va a permitir que III Legislatura del Congreso de la Ciudad de México y la próxima Jefa de Gobierno construyan una ruta legislativa que permita generar los consensos necesarios para reformar los artículos décimo quinto y octavo de la Constitución Política de la Ciudad de México y de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo respectivamente a fin de establecer los nuevos plazos para la entrada en vigor de todos los instrumentos de planeación, respetando el principio de jerarquía previsto en el artículo 16 de la Constitución Local, dicha reforma deberá de prever de igual forma la vigencia de los programas provisionales de gobierno, tanto del Gobierno de la Ciudad de México como de las 16 alcaldías.
Las fechas de entrada en vigor de todos los instrumentos de planeación deben estar en función de la aprobación de la Ley de Ordenamiento Territorial, instrumento jurídico que sustituirá la actual Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; la renovación por parte del Congreso de la Ciudad de México de los cuerpos colegiados del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva (Consejo Ciudadano, Directorio Técnico y Comité de Selección), en virtud que el periodo por el que fueron seleccionados varios de sus integrantes ha concluido por lo que dichas instancias se encuentran sin el quórum necesario para sesionar; la reforma a la Ley Orgánica del Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva a fin de fortalecer a la Oficina Especializada de Consulta y Participación en materia de derecho a la consulta indígena y finalmente es fundamental reformar la Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México a fin de reconocer a todos los Pueblos y Barrios Originarios de nuestra ciudad.
La designación por parte de la próxima Jefa de Gobierno de Nelly Juárez Audelo como titular de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades indígenas Residentes brinda una oportunidad para la construcción de una agenda legislativa que atienda de manera definitiva el tema que trajo consigo el retiro de los proyectos en diciembre de 2023: la falta de consulta indígena a los 139 Pueblos y 58 Barrios Originarios de la Ciudad de México.
La próxima secretaria fue diputada en la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, la cual llevó un proceso de consulta indígena de conformidad con los estándares internacionales en donde participaron todos los Pueblos y Barrios Originarios de la Ciudad de México, los cuales fueron reconocidos desde agosto de 2011 por el entonces Consejo de Pueblos y Barrios Originarios del Distrito Federal, la próxima titular de la SEPI tuvo la oportunidad de ser servidora pública en dicho órgano de consulta, lo que le permitió interactuar con dichos pueblos y barrios originarios, al formar parte del Mecanismo de Consulta Indígena instalado a iniciativa de la entonces Asamblea Legislativa del DF.
Las condiciones están dadas y se tienen las personas adecuadas para construir los consensos necesarios para que finalmente la Ciudad de México, cuente con sus instrumentos de planeación.