Comentaba Enrique de la Garza, destacado investigador mexicano de la Universidad Autónoma Metropolitana, recientemente fallecido, que en el siglo XX “La gran crisis capitalista de mediados de los setenta […] fue atribuida por sectores pro empresariales a la rigidez de las relaciones laborales, resultado del largo período de Estado benefactor y keynesiano, que implicó pactos entre Estado, sindicatos y empresas. En esta medida había que flexibilizar el mercado laboral”. Vale señalar, como se apunta en el texto citado, que no se trata solamente de un problema de orden sociotécnico.

Si se analizan sus orígenes podemos coincidir con Chomsky que la salida a la rigidez también tuvo como resultado “el deterioro de la democracia”, que implicó en los casos de Estados Unidos y el Reino Unido pegarle al movimiento obrero para destruirlo, socavar sus bases de resistencia. Leamos desde esa mirada el Informe de la Comisión Trilateral: “El corazón del problema radica en las contradicciones inherentes relacionadas a la misma frase de ‘lo gobernable de la democracia’. Porque, en cierta medida, gobernable y democracia son conceptos en conflicto”, señalaban Crozier, Hungtington y Watanaki, los intelectuales que realizaron el Informe (La gobernabilidad de la democracia) en el lejano 1973, abriendo una brecha para las políticas neoconservadoras y neoliberales.

Flexibilidad en el trabajo, golpeteo a la democracia y rehechura, para ser consistentes, de un Estado con menos tutela estatal y disminuyendo los marcos regulatorios. En América Latina la imposición estuvo cargada de violencia, desde la literalmente ejercida a balazos (las experiencias golpistas en Chile y Argentina), así como la aplicación a rajatabla de la flexibilización unilateral en México, aprovechando las estructuras corporativas y la “consciencia subordinada” (Arturo Anguiano) del proletariado.

Esta flexibilización del trabajo se vivió en los cambios legislativos a la Ley Federal del Trabajo, en el rasurado de los contratos colectivos de trabajo (CCT), y en una realidad laboral donde los derechos laboral-sociales eran mutilados o inexistentes, al dominar los bajos salarios, la eventualidad laboral, la subcontratación, la polivalencia, la reducción de la bilateralidad sindical, la introducción de esquemas de bonos por productividad y calidad, que entre sus afectaciones producen la invisibilización de lo colectivo, el realce de lo individual y la constitución de nuevas formas de vigilancia en donde los propios trabajadores, en condiciones organizacionales específicas, juegan un papel activo. Este es un resumen apretado, de una realidad laboral mexicana que en pasos iniciales el actual gobierno pretende cambiar. Destacan cuatro aspectos.

1. El aumento al salario mínimo -no en la misma proporción a los salarios contractuales- impacta a la población trabajadora más empobrecida, en particular a las mujeres, que son las que se ubican en los espacios del trabajo con menos retribución salarial. En enero de 2019, inaugurándose la acción del gobierno actual, la retribución salarial mínima pasó de 88.36 pesos a 102.68 pesos diarios. En 2020 tuvo un alza de 16%, que se tradujo en un salario de 123.22 pesos, llegando en 2021 -pandemia mediante-, a 141.70 pesos. Lo que perciben los trabajadores del salario mínimo no se dirige a paraísos fiscales ni se destina a la compra de dólares, va a cosas simples: comprar las cosas que se requieren para la casa en los establecimientos del barrio, es decir, reactivando la economía de otros sectores empobrecidos. No es desdeñable el aumento a los mínimos.

2. La reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) fue aprobada por el Senado en abril de 2019. En un país donde las dirigencias sindicales se han enraizado en algunos casos, formando como planteaba Lipset minorías compactas -oligarquías sindicales y pesadas burocracias-, a la par de la existencia del denominado sindicalismo de protección, que era posible por el contubernio entre las centrales sindicales, los patrones y las autoridades del trabajo, la reforma a la LFT abre una ventana a la democracia sindical. Veamos parte de sus alcances. Los trabajadores podrán decidir, sin la atadura de la cláusula de exclusión, a qué sindicato se afilian, abriéndose una metodología horizontal para alentar y transparentar la participación sindical: las decisiones centrales deben ser tomadas -por ejemplo, la acción de huelga o la elección de un nuevo comité ejecutivo, o las modificaciones al CCT- directamente por los trabajadores. Ya existían en muchos sindicatos mecanismos para la toma de decisiones, a través de nombrar en asambleas a delegados (en otros, estos mecanismos estaban ausentes, por lo que prevalecía el autoritarismo), pero el paso que se da en la nueva LFT profundiza la democracia en la vida sindical. Esto es un reactivo frente al sindicalismo de protección, en el que los propios trabajadores ni sabían que tenían sindicato ni conocían por supuesto a los pseudo dirigentes instalados por la alianza corporativa. El terror de la práctica sindical autoritaria de tomar decisiones a mano alzada -que era una forma de visibilizar por ejemplo a la disidencia sindical, con los costos de violencia que podía implicar-, se anula, lo que aligera las presiones que vivían los trabajadores en los procesos de toma de decisiones. Como en el caso del aumento al salario mínimo, los cambios en la LFT no son desdeñables, pueden modificar el sistema de relaciones industriales. Un país de ciudadanos, no de súbditos, en el que los trabajadores participen pensando en su materia de trabajo -condiciones y medio ambiente de trabajo-, así como en sus condiciones de vida en general, es una premisa necesaria para rehacer la lastimada cohesión social.

3. Cambios en materia de subcontratación, aprobados por el Senado en abril de 2021. Para comprender su alcance van algunos datos: en una breve línea del tiempo, en 2010, los trabajadores eventuales llegaban al 12.97%, en 2021 alcanzan el 14.36%. Un trabajador eventual no puede proyectar su futuro. Agreguemos a este dato otro aspecto, el referido a la antigüedad en el trabajo de trabajadores subordinados remunerados. Revisando datos también desde el 2010 hasta el 2021, aunque se trata de una historia que desborda este marco temporal, una cuarta parte de los trabajadores manifiesta que su antigüedad laboral es hasta un año, en tanto de 2 a 5 años el promedio alcanza a un 36%, que no indica que la mayoría se ubique en el extremo de los cinco años, pues está desagregado en cada uno de los años referidos. En su conjunto, entonces un poco más del 50% de los trabajadores, resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del INEGI, señala que su antigüedad va desde hasta un año a los cinco años, como una historia que se repite paulatinamente.

Por su parte, directamente los trabajadores que dicen ser contratados por una firma para trabajar en otra, esto es, la subcontratación (tercerización) registrada en los Censos Económicos (INEGI), mientras en 2003, de cada 100 trabajadores 9 estaban subcontratados, en 2008 se encuentran en esta condición 14 trabajadores. Los censos económicos de 2013 registran 16,6% y en 2018, 17,3%; como apreciamos, son la continuidad de una historia diseñada desde el capital. Reconociendo el tamaño del problema, que alude a la fragmentación de los derechos laborales de los trabajadores, así como alentaba prácticas de evasión fiscal por parte de las empresas, la iniciativa de AMLO aprobada en el Senado afecta intereses de las empresas que habían hecho de la subcontratación un nicho para los negocios. Atención, los alcances de la reforma no ignoran que entre 70 y 80 por ciento, en datos oficiales, por ejemplo, en el contenido en productos finales de manufactura, son realizados con prácticas de subcontratación (externalización), que se permitirán siempre y cuando no formen parte de las actividades principales de la empresa. Era necesario avanzar en la legislación en esta materia.

4. Se aprueban en el Senado en diciembre de 2020, cambios al artículo 311 de la LFT, en materia de Teletrabajo. La Organización Internacional del Trabajo señala en el Manual de Buenas Prácticas en teletrabajo, 2011: “El teletrabajo es una forma de organización y/o de realización del trabajo, utilizando las tecnologías de la información en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual un trabajo que podría ser realizado igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de estos locales de forma regular”. En la discusión en el Senado se concretó como “La forma de organización laboral que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico y utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y empleador”. Su intención, regular lo que ya existía, pero que se agudizó con la pandemia.

Sin entrar a la discusión sobre los aspectos positivos del teletrabajo, el objetivo de la reforma apunta promover la estabilidad laboral y pugnar por la reversibilidad. La necesidad de un abono o compensación de gastos (luz, agua, insumos), el derecho al horario flexible, a la igualdad y la no discriminación, el derecho a la intimidad (violentado en lo ordinario por el capitalismo de la vigilancia) y a la desconexión digital.

Voltear hacia otro lado es una práctica común en parte de la clase política. El descuido de no pensar al salario mínimo, el trabajo eventual, la fragmentación y discontinuidad en las trayectorias laborales, la subcontratación creciente y su efecto inversamente proporcional en la construcción de porvenires desde la perspectiva del trabajador, así como en un teletrabajo que existía sin asumir su modalidad de precarización, fue lo dominante en las políticas laborales en los gobiernos críticos de las prácticas keynesianas (de bienestar), es decir, en los gobiernos que impulsaron prácticas neoliberales (el PRI y el PAN destacan en esto).

No se trata de añorar al pasado, con la idea romántica e ingenua de que “todo tiempo pasado fue mejor”, pero es un ejercicio obligado mirar el pasado, lo hecho, a la hora de los balances. La acción política en materia laboral tiene aciertos. Como decía el compositor argentino Luis Alberto Spinetta: “Aunque me fuercen yo nunca voy a decir, que todo el tiempo por pasado fue mejor, mañana es mejor”.

UAM Xochimilco

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