Finalmente fue aprobada la nueva Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, que sustituye a la aprobada hace apenas dos años, sin que lograra su plena implementación.

De nada sirvieron los reclamos de las víctimas y de los colectivos que las agrupan, ni las opiniones de especialistas y organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, para replantear algunos de sus contenidos.

Una mayoría, atendiendo el mandato de la Fiscalía General de la República impuso un dictamen, con algunas modificaciones menores, que, tanto la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, como, las Comisiones Estatales de Búsqueda, deploraron, al considerar que la nueva ley representa una regresión que cancela derechos ya alcanzados por las víctimas frente al ministerio público; debilita las obligaciones de la FGR ante los mecanismos de derechos humanos; elude su responsabilidad con relación a las víctimas migrantes en el Mecanismo de Apoyo al Exterior, restringe la facultad de atracción y tergiversa la autonomía ministerial, regresando a una fiscalía vertical, cerrada a la ciudadanía y a la coordinación interinstitucional.

La decisión, destacaron, desconoce los derechos a la verdad y a la justicia, creando nuevos obstáculos para la búsqueda de personas desaparecidas, al negar el derecho de toda persona a ser buscada, pues de acuerdo con la FGR su obligación de investigar no está relacionada con su obligación de búsqueda, lo que en nada contribuye a encarar la crisis humanitaria que enfrenta nuestro país con más de 87 mil personas desaparecidas; más de cuatro mil fosas clandestinas localizadas, y decenas de miles de cuerpos sin identificar, mientras prevalece la impunidad, ya que apenas se han dictado 35 sentencias condenatorias de primera instancia a nivel nacional por los delitos de desaparición forzada y de desaparición cometida por particulares.

Este dictamen no solo modifica el entramado legal e institucional en materia de derechos humanos. Modifica 64 leyes diferentes, entre otras la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas, , Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, Ley de Hidrocarburos, hasta la Ley General de Cultura Física y Deporte, lo que tendrá un impacto negativo, dada la relevancia de los fines de la Fiscalía en la investigación de los delitos, así como para garantizar los derechos de las personas, ya que al separarse la Fiscalía de los mecanismos e instrumentos institucionales establecidos en las leyes referidas para proteger y garantizar los derechos humanos podría generar impunidad y omisiones en su actuar

La Fiscalía está dotada de autonomía constitucional, lo que no se traduce necesariamente en un deslinde de las obligaciones y acciones que le corresponden como parte del Estado mexicano.

La reforma en nada suma a reconocer el derecho de las víctimas, perpetuando la negación del derecho de acceso a la justicia y la falta de coordinación interinstitucional, con una visión vertical, propia de la Procuraduría General de la República que se pretendía dejar atrás.

La obligación constitucional del Estado es proteger, garantizar y respetar los derechos de las víctimas y de todas las personas ante violaciones a sus derechos humanos. El dictamen aprobado incumple con dichas obligaciones, y en contraparte malentiende la autonomía constitucional de la FGR, conculcando el derecho a la participación de las víctimas, al eliminar las obligaciones del ministerio público frente a éstas.

Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración

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