En México la protección de los datos personales es un derecho que se encuentra reconocido en la Constitución, así como en leyes a nivel federal y local. La importancia de estos datos radica en que, por medio de estos, una persona puede ser identificada por otra a nivel físico y revelar aspectos de especial cuidado, como nuestra personalidad, intimidad, genética, creencias religiosas, opiniones políticas, etc.
El cuidado de nuestros datos personales ha tenido una especial relevancia por el valor de uso que empresas y agrupaciones con intereses ideológicos o políticos les han dado, con el objetivo de influir en nuestras creencias y gustos y con ello obtener beneficios.
La navegación de las personas por medios digitales como el internet, tiene la posibilidad de trascender y superar las fronteras creadas por las naciones, lo que deja en evidencia nuevos problemas relacionados con el tratamiento de nuestros datos personales, que requieren de ser atendidos con un andamiaje jurídico que considere medidas nacionales con perspectiva transfronteriza.
Existen diversos antecedentes respecto a la importancia de proteger los datos de las y los mexicanos y que estas puedan contar con el acceso a un recurso de defensa de sus derechos a nivel nacional por el abuso o vulneración de seguridad de los servidores y bases de datos albergadas en el extranjero. Hace unos meses, Facebook tuvo que aceptar que los datos de 13 millones 330 mil 551 usuarios mexicanos estuvieron a la venta en internet desde agosto de 2019 y, en la actualidad, están disponibles de manera gratuita.
Esta información es utilizada para acceder a los correos electrónicos y perfiles de las y los usuarios en las aplicaciones que fueron vulneradas con la finalidad de cometer delitos, como extorsión, robos bancarios y robo de identidad, así como de influir en procesos electorales o promover el extremismo ideológico.
Por otra parte, diversos acuerdos comerciales internacionales suscritos por México, entre los que se destacan los compromisos reconocidos en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), contienen obligaciones puntuales en materia de Comercio Digital. En el marco de este tratado, se destacan artículos específicamente relacionados con la protección de información de carácter personal donde se reconocen explícitamente dos mecanismos para facilitar el flujo de datos: el Marco de Privacidad del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) y el Sistema de Reglas de Privacidad Transfronterizas de APEC (CBPR).
Por estas razones, presentaré ante el Pleno del Senado de la República, un conjunto de adecuaciones y armonizaciones en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares para darle un “Extra a la Transparencia”, con el objetivo de garantizar a las y los mexicanos un recurso que nos permita regular y proteger los datos personales de las y los mexicanos que fueron recabados en territorio nacional pero que se almacenan y tratan en otros países, donde pudiera existir la posibilidad de un mal uso de esta información.
Asimismo, en caso de que nuestros datos sean vulnerados, las personas y empresas estarán obligadas a informar sin dilación alguna a las personas y al Instituto Nacional de Acceso a la Información, en un plazo no mayor de setenta y dos horas, las vulneraciones que afecten de forma significativa los derechos patrimoniales o morales de los titulares y detonar un proceso de revisión exhaustiva de la magnitud de la afectación, a fin de que los titulares afectados puedan tomar las medidas correspondientes para la defensa de sus derechos.
Nos enfrentamos a una nueva realidad ineludible en el tratamiento de los datos personales que nos lleva a establecer las disposiciones necesarias para garantizar mejores prácticas para la protección de la información personal por el sector privado en medios físicos y digitales, no solo en México, sino en el resto del mundo. Por ello, es importante darle un Extra a la Transparencia para fortalecer la legislación en la materia.