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El debate en torno a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) es complejo desde su propia definición. A veces son conceptualizadas como tercer sector o como Organizaciones no Gubernamentales (ONG), entre otras. Sin embargo, es posible delinear características propias de este sector que principalmente agrupa a la ciudadanía que busca incidir en problemáticas sociales más allá de los alcances del Estado.
Desde la perspectiva política se hace énfasis en el hecho de que son autónomas del sistema político y del mercado, pese a su incidencia en asuntos públicos sin estar asociadas al sistema partidista. Desde una óptica económica se aborda su carácter de organización sin fines de lucro, definiendo así al gobierno como un primer sector, a las empresas privadas lucrativas como un segundo sector y a las OSC como un tercer sector o sector no lucrativo.
Es importante señalar que las OSC:
[…] satisfacen necesidades asociadas con valores de uso no monetario y en general se trata de bienes relacionales intangibles (Caselli, 1998; Donatti, 1996; Fiorentini, 1997) cuyas necesidades el Estado no siempre es capaz de atender, o mejor dicho, de comprender dadas sus características novedosas, ajenas a la dinámica de las necesidades comunes (más universales) que generalmente el Estado atiende mediante las políticas del Estado de bienestar. (Girardo; Mochi, 2012)
En nuestro país, desde 2004 existe la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (LFFAROSC), la cual reconoce a las OSC y las actividades que éstas realizan, dentro de esta normativa, se señalan como actividades susceptibles de fomento varias orientadas a la alimentación, salud, participación ciudadana, atención a grupos con discapacidad, promoción del deporte, y promoción a la equidad de género, entre otras.
Si bien las actividades reconocidas por la LFFAROSC pueden estar contenidas dentro de la agenda estatal conviene puntualizar que las problemáticas que la sociedad civil atiende son cuestiones más allá de dicha agenda, ya sea por el enfoque (de prevención, sensibilización, con metodologías innovadoras) o al ser situaciones emergentes identificadas debido al trabajo que realizan las organizaciones de manera directa con las comunidades
En el ámbito de la equidad de género por ejemplo, fueron las OSC quienes identificaron, abordaron y colocaron en la agenda la violencia familiar. En el caso de México, el tema se empezó a abordar en los años 90. Se trató como una cuestión de salud desde el ámbito gubernamental y al ser abordado desde esta perspectiva, el análisis se centró en los años de vida saludable que costaba a las víctimas.
Por su parte, el papel de las OSC “ha consistido en sensibilizar a diferentes sectores de la sociedad (académicos, medios de comunicación, etc.) para visualizar la violencia como un problema cotidiano que afecta a una proporción importante de mujeres en todas las sociedades actuales” (Schiavon, R., & Troncoso, E., & Billings, D., 2007). Esta labor es fundamental en un entorno en el cual las mujeres son revictimizadas en las instituciones ante las cuales buscan atención, o incluso no se acercan a denunciar al normalizar ciertas actitudes dentro de las relaciones de pareja.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2016), a nivel nacional, de las mujeres que experimentaron alguna situación de violencia física o sexual en el ámbito familiar en los últimos 12 meses, el 90.6% de ellas no presentó ninguna queja o denuncia ni solicitó apoyo o información. En este sentido, de aquellas que no lo hicieron, el 34.1% señaló que la razón para ello fue que “se trató se algo sin importancia que no le afectó”. Sin embargo, es pertinente retomar que estas agresiones se refieren a violencia física y sexual. Asimismo, el 9.1%, es decir, una de cada 10 señaló no saber cómo ni donde denunciar.
De esta forma, es importante visibilizar y concientizar a las mujeres sobre la violencia de género, para evitar que estas situaciones se normalicen y brindar herramientas para que conozcan a dónde acudir en dichas situaciones, trabajo realizado en gran medida por las OSC, quienes no buscan sustituir funciones de las instancias estatales, sino fortalecer a través de la difusión de información, sensibilización, trabajo directo y constante con la población directa.
Asimismo, hay organizaciones que trabajan de manera directa con las víctimas de violencia de género. Incluso hay entidades en donde las instancias gubernamentales canalizan a las víctimas a determinadas OSC que brindan acompañamiento psicologico a las mujeres que viven violencia debido a que en algunos casos no se cuenta con estos servicios o se encuentran saturados. Así, los servicios que brindan las OSC complementan el trabajo de las instituciones.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007), la principal normativa a nivel nacional que reconoce por primera vez la violencia en razón de género con sus tipos y modalidades “fue el resultado del trabajo colectivo de grupos feministas, la academia, organizaciones civiles, legisladoras y gobierno.” (CONAVIM, 2017)
En este sentido, es importante mencionar el mecanismo contemplado dentro de esta Ley, la Alerta de Violencia de Género (AVG), cuyo logro principal ha sido evidenciar los pendientes en materia de políticas públicas y legislación para garantizar a las mujeres el derecho a una vida libre de violencia. Este mecanismo ha sido activado en el país en 18 ocasiones en 17 entidades. La entidad que cuenta con dos AVG es Veracruz, una por violencia y otra por agravio comparado. La AVG puede ser solicitada por OSC, Comisiones Estatales de Derechos Humanos y Organismos de Derechos Humanos a nivel internacional. Únicamente en 3 casos se han involucrado Comisiones de Derechos Humanos (Colima en conjunto con OSC, San Luis Potosí y Oaxaca). (ACED, 2018)
Es importante mencionar que de acuerdo a la normativa vigente, para las organizaciones que llevaron a cabo la solicitud de AVG no hay un papel más allá de esto por lo que su rol depende más bien de la administración en turno. Sin embargo, es una constante que en las entidades donde se ha declarado este mecanismo, sean las organizaciones quienes están dando seguimiento a las acciones a implementar o dando a conocer cifras derivadas de su trabajo particular respecto al tema. Una anotación importante al respecto es que varias de éstas forman parte del Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil (RFOSC) y apoyan su trabajo a partir de los recursos de programas como Proequidad de Inmujeres y Coinversión Social de Indesol.
En suma, es importante reconocer el aporte de las OSC en todos los ámbitos y señalar que en cuanto a los temas relacionados con el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia no sólo han incidido de manera directa con la población. También han tenido un papel fundamental en la creación y modificación de políticas públicas y de leyes a nivel nacional y estatal, así como para la puesta en marcha de mecanismos que buscan evidenciar los pendientes en este sentido.
Abrir espacios de participación y fortalecimiento de las OSC no implica duplicar tareas de la agenda estatal o triangular en cuanto a la entrega de beneficios a la población, por la simple razón de que las OSC llevan a cabo tareas distintas. Se trata de fortalecer el trabajo directo con la población para ejercer y conocer sus derechos y difundir lo que las instancias gubernamentales llevan a cabo, así como incidir en la creación de legislación a partir de lo aprendido de manera directa con las personas.
Articulación Ciudadana para la Equidad y el Desarrollo
@ACEDacMx @ObsNalCiudadano