Nación

¿Y qué hacemos con El Chapito?

José Luis Nassar

23/03/2023 |06:47José Luis Nassar |

El 5 de enero de este año, Ovidio Guzmán fue detenido en Sinaloa tras una serie de operativos de vigilancia en la zona que duró alrededor de 6 meses. Su detención, así como la realización de tales operativos, fue fruto de una orden de aprehensión emitida desde los Estados Unidos de América y en virtud de la cual, se puede solicitar su extradición. La extradición es una figura de cooperación entre Estados que busca facilitar la persecución y procesamiento de personas que se encuentran en el territorio de un Estado distinto al que les ha acusado o sentenciado por la comisión de algún delito de su jurisdicción.

Esta no es la primera vez que nuestro vecino del norte solicita la extradición de Ovidio: en septiembre de 2019 una Corte de Columbia había expresado esta misma petición y, en consecuencia, al mes siguiente Ovidio fue detenido y fuimos testigos del poder tan real con el que cuentan estos grupos criminales en nuestro país y de la facilidad con la que pueden crear terror en la población; pues con el Culiacanazo, el señor López Obrador se vio forzado a conceder su liberación.

En esta segunda ocasión, es una Corte Federal de Washington D.C. la que busca la extradición de Ovidio por cargos de tráfico de marihuana, metanfetaminas y cocaína. De conformidad con el Tratado Bilateral de Extradición celebrado entre México y Estados Unidos, se puede pedir la detención provisional de una persona con la promesa de que después se haga una solicitud formal de su extradición y para la cual se fija un plazo general de 60 días. Si al concurrir el plazo, el Estado requirente no ha realizado la solicitud, la persona detenida tendrá que ser puesta en libertad, sin afectar la posibilidad de que posteriormente se pueda volver a pedir formalmente la extradición por los mismos hechos.

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El día de la detención de Ovidio, se fijó como plazo para presentar la solicitud formal de extradición el 5 de marzo y paralelamente, la Fiscalía informó que se abriría la investigación contra Ovidio por la comisión en flagrancia de los delitos de posesión de armas de uso exclusivo del Ejército y de tentativa de homicidio, entre otros. Lo cual preparó el ambiente para que, en su caso, las autoridades mexicanas puedan retener a Ovidio y negar su extradición, bajo la excusa del procesamiento pendiente de estas conductas.

Oportunamente, el 27 de febrero, la embajada de Estados Unidos presentó mediante carta diplomática la solicitud formal para la extradición de Ovidio Guzmán. Ahora, lo que nos queda es esperar a que las autoridades mexicanas terminen de revisar que se cumpla a cabalidad con el Tratado para la extradición, así como a que se resuelvan los juicios de amparo promovidos por los abogados de Ovidio –en que se señaló error en la identidad– y en virtud de los cuales, se ordenó la suspensión para mantenerlo a disposición de las autoridades mexicanas.

Ante esta nueva posibilidad de extraditar a Ovidio, surge la incógnita: ¿la figura de la extradición en México se convertirá en una alternativa de justicia por parte de las autoridades norteamericanas frente a la insuficiencia demostrada reiteradamente por la administración del Presidente López Obrador?

Abogado

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