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Al concluir el plazo para que los sindicatos de todo el país realizaran el trámite de registro para la Legitimación de sus Contratos Colectivos de Trabajo (LCCT), el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que hasta ahora, se ha concluido positivamente el proceso de 17 mil 011 contratos que ya están legitimados.
Este martes se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de conclusión del plazo que tenían los sindicatos para registrar sus procedimientos de LCCT.
Con ello, destacó la STPS, se da cumplimiento al Artículo 11 transitorio del Decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2019 y a los compromisos internacionales asumidos por México en el marco del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá.
La dependencia federal recalcó que concluye así una etapa histórica al cumplirse “uno de los mandamientos más importantes de la Reforma Laboral de 2019”
Destacó que a lo largo de cuatro años, primero la STPS y después el CFCRL, se hicieron cargo de registrar las consultas, verificar las votaciones y dictaminar sobre la validez de todo el procedimiento de legitimación.
En el documento se incluye el listado de Contratos Colectivos de Trabajo legitimados, así como los que se encuentran en trámite de legitimación, los cuales tendrán hasta el 31 de julio de 2023 para desahogar sus consultas, en el que las y los trabajadores decidirán por voto personal, libre, secreto y directo si respaldan o no su contrato colectivo.
“Los contratos colectivos de trabajo que hayan sido legitimados al primero de mayo de dos mil veintitrés, al haber sido respaldados por la mayoría de las personas trabajadoras, conforme al procedimiento de consulta establecido en la normatividad aplicable, continuarán vigentes y seguirán surtiendo todos sus efectos legales”, establece el Acuerdo publicado en el DOF.
Se estima que alrededor de 120 mil contratos colectivos de trabajo que hasta el pasado 1 de mayo no contaban con una Constancia de Legitimación expedida por el CFCRL, o que no se encuentran en trámite, “se dan por terminados a partir del dos de mayo de dos mil veintitrés, acorde a lo previsto en el artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y otras en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva publicado en el Diario Oficial de la Federación el primero de mayo de dos mil diecinueve”.
La Secretaría del Trabajo aclaró que los salarios, prestaciones y demás condiciones contempladas en los contratos colectivos de trabajo que se den por terminados, se conservarán en beneficio de las personas trabajadoras, las que serán de aplicación obligatoria para el empleador.
maot