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El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México confirmó la suspensión provisional que una jueza otorgó a la ministra Yasmín Esquivel Mossa para efecto de que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) no dicte resolutivo sobre el caso del supuesto plagio de su tesis de licenciatura en Derecho.
De esta manera, las autoridades universitarias no podrán emitir resolución, dictamen u opinión alguna hasta que la jueza revise la legalidad de sus actos.
Sin embargo, los magistrados resolvieron, por unanimidad, que el Comité Universitario de Ética de la UNAM sí podrá pronunciarse sobre detalles de “interés publicó” y sin calificativos.
Al considerar infundados los agravios de las autoridades universitarias, el magistrado Salvador Alvarado López, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, señaló que la titular del Juzgado Quinto de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, Sandra de Jesús Zúñiga, procedió de forma correcta al concederle la medida cautelar a la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
“Si se llegara a emitir este dictamen o resolución (...), ello podría generar una afectación de muy difícil reparación o de imposible reparación para la quejosa, y por eso consideramos justificado que se haya concedido la suspensión en sus términos”.
No obstante, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México modificó la medida cautelar para que el Comité Universitario de Ética se pueda pronunciar sobre detalles, pero deberá hacerlo sin calificativos y tampoco podrá dar a conocer el estado que tienen las investigaciones a fin de no violar la presunción de inocencia de Esquivel Mossa.
En sesión, los magistrados expusieron que este caso es de interés público, por lo que la sociedad tiene derecho a conocer las investigaciones que se realizan, siempre y cuando la información sea objetiva e imparcial.
“No es correcto que la juzgadora impusiera restricción absoluta a la autoridad responsable para que no se informe a la sociedad respecto al procedimiento en el que está involucrada la quejosa; sin embargo, creo que se debe modular, si puede ser parte que se informe a la autoridad porque está interesada en tener conocimiento en este tipo de asuntos.
“Sin embargo, no debe dar pronunciamientos previos respecto de la calidad que tenga la parte quejosa en esos procedimientos que puedan tener comprometida su presunción de inocencia, aunado a que en los agravios no está controvertida esa parte del auto recurrido en el sentido de que pudiera dañarse la presunción de inocencia de la parte quejosa”, señaló la secretaria en funciones de magistrada Yuritze Arcos.
Al respecto, Alejandro Romano, representante de Esquivel Mossa ante dicho comité, señaló que la sociedad debe estar informada, siempre que no se afecte la honorabilidad de la ministra, así como la presunción de inocencia y el debido proceso.
Será el próximo 28 de febrero cuando la jueza Sandra de Jesús resuelva si le concede a la ministra la suspensión definitiva
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