La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federal consideró que era improcedente la denuncia presentada por Jorge Álvarez Máynez y Salomón Chertorivski (MC) en contra del acuerdo de Morena que establece las reglas para elegir su coordinador de Defensa de los Comités de la Cuarta Transformación.

En una votación dividida, que se resolvió con el voto de calidad del magistrado presidente Reyes Rodríguez, los magistrados determinaron que la impugnación por supuestos actos de anticipación de campaña era improcedente porque los quejosos no eran militantes del Morena, no se demuestra un interés directo y de qué manera el acuerdo puede vulnerar la equidad de la contienda.

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El su proyecto de la magistrada Mónica Soto proponía exhorto para que los militantes de Morena actuaran conforme a la ley electoral, en materia de precampañas.

En su ponencia, la magistrada Soto señalaba que no se advierte una vulneración a la equidad” y tampoco se observaban actos anticipados de campaña porque -en los eventos de Morena- “no hacen llamados al voto en favor de algún precandidato o candidato sino a la elección de un cargo de naturaleza partidista, sin que se tengan elementos de que se trata de la posible designación de una precandidatura o una ”.

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Los magistrados Indalfer Infante, Felipe Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez coincidieron en que que los Legisladores de MC no acreditaban legitimidad en el asunto porque no presentaron el juicio de parte del partido Movimiento Ciudadano sino a nivel particular, por lo que no tenían la facultad para impugnar el consejo nacional de otro partido, en este caso, de Morena.

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