Nación

Tribunal Electoral determina que Adán Augusto no incurrió en actos anticipados de campaña

La Sala Superior estableció que no le asiste la razón a la queja que interpuso el PRI contra el funcionario, pues “no existen los elementos suficientes" para considerar la existencia de actos de precampaña

Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
07/09/2022 |16:17Otilia Carvajal |
Redacción El Universal
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El secretario de Gobernación, , no incurrió en actos anticipados de campaña al ser mencionado como posible aspirante a la presidencia en 2024 , determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) interpuso una queja contra el funcionario y Morena, por actos anticipados derivados de la publicación de notas periodísticas, así como en redes sociales, que lo posicionaban como probable candidato .

Además, incluyeron su participación en diferentes eventos de campaña en las elecciones celebradas el pasado 5 de junio como posibles .

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En primera instancia, la Sala Especializada determinó inexistentes las violaciones denunciadas.

El PRI impugnó esta resolución argumentando que la Sala Especializada no tomó en cuenta los hechos que motivaron la y el posicionamiento electoral obtenido por el denunciado.

Al respecto, la Sala Superior del TEPJF determinó que no le asiste la razón al PRI, pues tal y como lo sostuvo la Sala Regional Especializada, “no existen los elementos suficientes para considerar que las publicaciones constituyeron, de forma manifiesta, abierta y sin ambigüedad, un llamamiento, apoyo, promoción a favor del secretario de Gobernación”.

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apr/rmlgv

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