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El Senado de la República se dispone a aprobar reformas que tipifiquen la defraudación fiscal y su equiparable, así como la expedición y enajenación de facturas falsas, como delitos de delincuencia organizada.

El proyecto de dictamen que se tiene contemplado avalar durante el próximo periodo ordinario de sesiones que arranca en septiembre, busca combatir a las empresas facturadoras de operaciones simuladas y las compañías que deducen operaciones simuladas, es decir, negocios fantasma.

Además, busca aumentar las penas de cinco a ocho años de prisión al que por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales —facturas— que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Las reformas que contienen las observaciones del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y de la Asociación de Bancos de México (ABM), así como el aval de todas las fracciones legislativas, también tipifica como delincuencia organizada el contrabando y su equiparable, y delimita la prisión preventiva oficiosa en el ilícito de contrabando, únicamente cuando sea calificado.

Las modificaciones a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada precisan que la defraudación fiscal equiparada será considerada como ilícito de delincuencia organizada cuando el monto defraudado supere tres veces lo dispuesto en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.

Los cambios a la Ley de Seguridad Nacional señalan que la evasión y defraudación fiscal son consideradas una amenaza para la seguridad nacional.

Tráfico de facturas será considerado como delincuencia organizada
Tráfico de facturas será considerado como delincuencia organizada

Mientras que en el Código Nacional de Procedimientos Penales se elimina la hipótesis de exclusión de acuerdos reparatorios y de suspensión condicional del proceso, cuando se trate de facturación falsa e inexistente.

Sin embargo, en el artículo 256 del código, los senadores estipularon que para el caso de delitos fiscales y financieros, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación, “únicamente podrán ser aplicados los criterios de oportunidad, en caso de que el imputado aporte información fidedigna que coadyuve en la investigación y persecución del beneficiario final del mismo delito, para que sea éste quien repare el daño”.

Las reformas al Código Fiscal de la Federación endurecen las penas cuando servidores públicos participen en la comisión de expedición, enajenación, compra o adquisición de facturas falsas o simuladas, por lo que serán destituidos del empleo e inhabilitados de uno a 10 años.

“Se requerirá querella por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para proceder penalmente por este delito. El ilícito previsto en este artículo [113 Bis], así como lo dispuesto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, se podrán perseguir simultáneamente”, resalta el dictamen.

La modificación al Código Penal Federal estipula que la facturación falsa o simulada ameritan responsabilidad penal para las personas morales.

El pasado 26 de junio, Margarita Ríos-Farjat, directora del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que se detectó una evasión por 354 mil millones de pesos debido a facturas falsas, lo que representa 1.4% del Producto Interno Bruto (PIB), y que de 2014 al 20 de junio de este año, hay 8 mil 204 empresas que simulan operaciones a través de facturas falsas.

Ríos-Farjat precisó que estas compañías han emitido 8.8 millones de facturas falsas, casi mil por cada facturera, y detalló que el monto de las operaciones celebradas de 2014 a 2019 fue por 1.6 billones de pesos.

“Las entidades donde más se registran empresas facturadoras fantasma son: Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Guerrero y Puebla”, dijo.

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