Hasta ese día, la mujer de 33 años supo que las víctimas de abuso sexual en México tienen derecho a un aborto legal sin importar la legis-lación estatal. Fue una doctora quien le contó de la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM) y, en vez de darle una receta médica, le pasó el teléfono del Ministerio Público para que denunciara el crimen. Una vez con la orden de las autoridades en la mano, llegó al Hospital General de San Lucas, pero se topó con un ginecólogo que dijo ser objetor de conciencia, es decir, por su religión se negó a hacerle un aborto a una niña embarazada.
Desde el comedor de su casa, ubicada en la periferia de San Lucas, lejos de los restaurantes lujosos, campos de golf y hoteles exclusivos por los que esta zona del país es famosa a nivel mundial, Fabiola recordó que el día que llegó al hospital a pedir ayuda para su hija descubrió la revictimización. El personal médico la culpó por lo ocurrido a la menor y sembró en ella la creencia de que las mujeres mueren desangradas durante los abortos.
Semanas antes ya había vivido la negligencia del mismo hospital. Cuando su hija comenzó a presentar malestares físicos la llevó a consulta, pero el personal le dijo que se trataba de una gastroenteritis. Cuando pidió la opinión de un especialista, la enviaron a una fila de espera de cuatro meses. Al tratarse de una emergencia, Fabiola llevó a la niña al Doctor Simi, donde le hicieron exámenes de sangre y un ultrasonido. Hasta el día que la doctora leyó los resultados la niña pudo contarle la verdad a su mamá.
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“Ella [su hija] en todo momento exclamó que no quería un bebé, ni siquiera sabía que estaba embarazada. Con la mano en la cintura el doctor me dijo: ‘Pues te voy a dar el alta y te la vas a llevar’; le contesté: ‘Ni me va a dar el alta ni me la voy a llevar, porque traigo una orden donde usted le tiene que practicar el legrado a la niña”, contó la madre a EL UNIVERSAL.
No permiten el aborto
La objeción de conciencia es un derecho de los médicos en México, pero también el aborto legal, gratuito y seguro para las víctimas de violación, sin importar la legislación estatal. En la NOM 046 se explica que en casos como el que vivieron Fabiola y su hija el Estado tiene la responsabilidad de contar con más personal médico debidamente entrenado en la interrupción legal del embarazo (ILE).
Las autoridades sanitarias locales y federales intervinieron en el caso gracias a la mediación de tres mujeres: la trabajadora social, la sicóloga del hospital y una agente del Ministerio Público. Fabiola aseguró que el secretario de Salud, Jorge Alcocer, pidió que resolvieran el caso en favor de la menor.
“Me encierran otra vez en un cuarto y me dicen: ‘Mira, la vamos a mandar a La Paz’. Yo con mi hija internada, mis tres hijos acá, uno que sabía todo y se tuvo que quedar callado y aguantar la presencia del señor, que todo este tiempo seguía en casa. No sospechaba que estábamos en esta situación, le dijimos que la teníamos internada por gastroenteritis”, contó. Actualmente, el agresor de su hija se encuentra preso en espera de sentencia.
Fabiola y su hija llegaron en una ambulancia de San Lucas al Hospital General de La Paz, donde una ginecóloga interrumpió el embarazo sin ningún contratiempo. Después, solamente un empleado del hospital le preguntó si quería llevarse el producto para darle “santa sepultura o donarlo para no sé qué”.
“Son personas que no tienen el tacto, independientemente de la profesión, ni siquiera sentimientos; con mi hija encamada, ¿cómo se atreve a decirme eso?”.
Hace 12 años, el gobierno mexicano se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a tomar medidas para la no repetición y a la eliminación de los obstáculos que impidan a las mujeres ejercer sus derechos reproductivos. Derivado del caso emblemático de 1999 de Paulina del Carmen Ramírez Jacinto, una mujer de Mexicali a la que le fue negado el derecho a abortar tras una violación y cuya historia fue litigada por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) hasta las últimas instancias internacionales. Fue la primera vez en la historia de México que la CIDH se pronunció sobre un tema de derechos reproductivos. De hecho, el rostro de Paulina se utilizó en un spot de televisión a favor de la legalización del aborto en la CDMX en 2007.
Para medir el acceso que las mujeres han tenido a este derecho, EL UNIVERSAL solicitó por transparencia a las 32 entidades el número de mujeres que han ejercido la NOM 046 en el numeral 6.4.2.7, es decir, la ILE por violación en un hospital público del IMSS, ISSSTE o de la Secretaría de Salud, desde 2012 a 2019, así como el número de veces que se ha negado; todas las ocasiones en que la negación se consideró una violación a los derechos humanos y la cantidad de médicos objetores de conciencia que tiene cada estado.
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Se registraron 442 abortos legales por violación a nivel nacional. La mayoría de las víctimas que ejercieron su derecho a la NOM 046 fueron niñas de 10 a 15 años, como en el caso de la hija de Fabiola. Resalta que 54.5% de las mujeres llegaron a pedir la ILE con un embarazo de menos de 12 semanas. Además, ninguno de los casos se registró en el IMSS. El 93% de las ILE por violación se concentran en los últimos tres años.
Hay que considerar que después de la reforma de 2016 se descartó la necesidad de presentar una denuncia formal para que los hospitales accedieran a practicar un aborto.
Cifra negra
La falta de datos concretos y sistematizados hace que no se puedan considerar confiables, según Paloma Bonfil, coordinadora nacional de Antropología del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y coautora del informe para conocer resultados de la aplicación de la NOM 046 en Guerrero, Chiapas y Oaxaca, presentado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en 2017.
Para Bonfil, la cifra negra señala la posibilidad de que “las interrupciones del embarazo (por violación) se estén haciendo fuera del sistema, con grandes riesgos de infección y mortalidad”, y señala a la falta de difusión como el principal problema para que las mujeres conozcan este derecho, el personal médico sepa cómo implementarlo y las autoridades procuren justicia, así como el rol de la sociedad de estigmatizar a las mujeres que abortan.
Por ejemplo, en los datos obtenidos por transparencia Baja California Sur no reportó ningún médico objetor de conciencia, pese a que fue esa la razón por la que Fabiola se tuvo que trasladar a otra ciudad para que su hija abortara. A nivel nacional hay registrados apenas cinco médicos objetores de conciencia en temas de aborto.
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Hubo nueve estados que dijeron no haber registrado ni un solo caso de ILE por violación, tan sólo 15 quejas relacionadas al incumplimiento de la NOM 046 en comisiones estatales de DH, cinco de ellos en la CDMX, y ni un solo caso registrado por la CNDH.
Pese a los compromisos asegurados internacionalmente, San Luis Potosí aseguró que negar la ILE por una agresión sexual no constituye una violación a los derechos humanos.
Karen Luna, coordinadora de investigación de GIRE, señaló como otro obstáculo la falta de información legal, pues se ha detectado que a las mujeres se les sigue solicitando una denuncia previa para poder solicitar la NOM 046, cuando lo contrario está señalado en la Ley General de Víctimas.
Por su parte, Marta Lamas, antropóloga feminista y quien fue precursora de la NOM 046, comentó que en México la norma no se ha difundido lo suficiente. “No hay una tradición de reclamar la aplicación de la 046. Me parece que es una puerta de entrada para los casos en donde no se hizo la demanda legal pero sí hubo violación. Son medidas muy positivas, aunque sean insuficientes. Creo que necesitamos ya una despenalización en las 30 entidades restantes”, dijo.
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