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Una relación fuera del matrimonio , constante y permanente (concubinato), también genera derechos y obligaciones al momento en que finaliza, a pesar de que una de las partes se encuentre unida en matrimonio a otra pareja, de acuerdo con una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación .
Los ministros de la Primera Sala consideraron inconstitucional la negativa para otorgar alimentos a una concubina que los exigió a su expareja, en el estado de Morelos. El concubinario argumentó que se encontraba legalmente casado con otra pareja y que no procreó hijos con la concubina.
En su fallo, la Corte reconoció que en la vida real se dan casos de personas casadas que al mismo tiempo mantienen una relación con una concubina. En esta situación la ley no puede privilegiar solo un modo de convivencia en pareja (el matrimonio), pues estaría tolerando que en el concubinato se incumplan con las obligaciones que esta relación genera.
En su artículo de este martes, la exministra Margarita Luna Ramos ofrece los detalles del caso: La Corte conceptualiza el concubinato
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