La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó medidas dictadas por el INE contra , coordinadora de los Comités de Defensa de la 4T, por las que se le ordenó eliminar publicaciones de redes sociales relacionadas con su gira por el país.

También dejó sin efectos la tutela preventiva aprobada por la Comisión de Quejas y Denuncias, a fin de que se apegue a los límites constitucionales y se abstenga de manifestaciones similares.

Por mayoría de votos, la Sala Superior señaló que no hay mayores elementos para considerar, ni siquiera de manera preliminar, que se trató de un evento abierto al público o en el que se hubiera convocado a la ciudadanía en general.

Respecto a la eliminación de sus publicaciones en redes sociales, el TEPJF expuso que para acreditar el elemento subjetivo de actos anticipados de precampaña y campaña es necesario que se revele la intención de

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llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido; de publicar una plataforma electoral, o de posicionar a alguien con el fin de obtener una precandidatura o candidatura.

Subrayó que "solo las manifestaciones explícitas e inequívocas, y sus equivalentes funcionales, pueden llegar a configurar actos anticipados de campaña".

Sin embargo, puntualizó que:

La revocación de las medidas fue aprobada por mayoría de votos, con los sufragios en contra del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine Otálora.

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