La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el INE tiene competencia para investigar a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, , por presuntos actos de campaña y precampaña para la

La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE admitió una queja interpuesta por el PRI por presuntos actos de precampaña y campaña realizados por la mandataria capitalina.

Como parte de las investigaciones, se requirió a Sheinbaum Pardo “la información relacionada con su intención de contender a algún cargo de elección popular, así como con las manifestaciones realizadas y asistencia a los eventos denunciados”.

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Sin embargo, la jefa de Gobierno impugnó el acuerdo del órgano electoral mediante la Dirección General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México.

El magistrado Felipe Fuentes consideró que Claudia Sheinbaum participó en estos actos como jefa de Gobierno, y por tanto, puede ser defendida por la Consejería Jurídica del Gobierno capitalino.

“Me parece que en este caso concreto, en la medida en que se requiere a la referida ciudadana y funcionaria pública, estimo que sí tiene legitimación el Director General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica”, expuso.

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Sin embargo, el magistrado Indalfer Infante argumentó que el acuerdo no debió ser impugnado por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, ya que se denunció a Claudia Sheinbaum como ciudadana que aspira a la presidencia, no como jefa de Gobierno capitalina.

“A esto habría que agregar que, inclusive, en los eventos donde se señala la participación, se ha expresado que fueron en días inhábiles, y además, en otros casos se ha dicho que se solicitó la licencia y el descuento de los pagos correspondientes para participar en su carácter de ciudadana”, expuso.

“Si la queja se sigue como ciudadana, las autoridades electorales podrán emitir las sanciones correspondientes. Sin embargo, si se le sigue como servidora pública, únicamente podrán definir y mandarlo a los superiores jerárquicos o los congresos locales”, manifestó.

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La resolución del Tribunal Electoral fue aprobada por cuatro votos a favor y tres en contra de los magistrados José Luis Vargas, Indalfer Infante y Mónica Soto.

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