Por unanimidad y sin debate, los magistrados del (TEPJF) desecharon la impugnación y confirmaron las medidas cautelares impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) a la jefa de gobierno, , por sus publicaciones en redes sociales respectó al proceso de revocación de mandato .

En sesión pública de la Sala Superior, los magistrados electorales declararon improcedente el recurso interpuesto por la gobernante capitalina respecto del incumplimiento de la medida cautelar adoptada en el diverso ACQyD-INE-55/2022, por parte de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

En consecuencia, el TEPJF confirmó las medidas cautelares impuestas por el INE respecto a las publicaciones del 14 de marzo en Facebook, “por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido”, dentro del proceso de revocación de mandato.

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Los magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto de sentencia que considera “inoperantes los argumentos de la recurrente encaminados a demostrar que no estaba obligada a retirar las publicaciones, pues dicha obligación surgió de un acuerdo previo al impugnado, el cual no fue combatido oportunamente”.

Además, señalaron que los argumentos destinados a demostrar que las publicaciones no son propaganda gubernamental, “son ineficaces para alcanzar su pretensión, pues la orden de retiro de las publicaciones obedeció a lo resuelto por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE al resolver las medidas cautelares, decisión que la recurrente no impugnó”.

De esta manera, al desestimarse todos los argumentos presentados por la jefa de gobierno, se confirmó “el acto impugnado”.

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