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Por cinco votos contra cuatro, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el retiro unilateral de contenidos de plataformas digitales, como Facebook, que pudieran ser violatorios a los derechos de autor.
En sesión de este jueves, el pleno del máximo tribunal determinó que son constitucionales las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, sobre el retiro de contenidos de sistemas digitales cuando se infrinjan derechos de autor, una regulación establecida en el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Al continuar con el análisis de las impugnaciones a diversos preceptos de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) yel Código Penal Federal (CPF), la Corte validó que el proveedor de servicios en línea remueva el acceso a materiales transmitidos sin el consentimiento del titular del derecho de autor –habiendo recibido previamente el aviso de su titular o bien, una resolución de autoridad competente–, debe tomar “medidas razonables” para prevenir que el mismo contenido se vuelva a subir en el sistema o red.
Lo anterior, al considerar que resulta una medida necesaria a efecto de proteger los derechos de autor.
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Alianza de Medios y Artículo 19 advierten posible censura a periodistas y medios de comunicación
Luego que, la Suprema Corte validó que los proveedores de Internet pueden remover contenido con el aviso de los titulares de derechos de autor, Alianza de Medios Mx y Artículo 19, señalaron que este mecanismo es una medida para censurar y silenciar a periodistas y medios de comunicación.
A esta medida se le nombró como "mecanismo de notificación y retirada" o aviso y retirada (MAR).
Por lo que Alianza de Medios Mx acusa que MAR abrirá la posibilidad de que se realicen reportes falsos de violación de derechos de autor y los proveedores de internet elimine contenido sin una buena verificación.
Denunciaron que hay casos documentados en los que este mecanismos ha servido para eliminar información incómoda o para destruir la presencia en línea de periodistas y medios.
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apr/bmc