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La Secretaría de Salud ( Ssa ) debe hacer pública toda la información relacionada con las personas encargadas de recabar datos personales en los centros de vacunación contra Covid-19 , precisando si son servidoras públicas o no, el fundamento legal para su participación y cuántas hay en cada módulo. Asimismo, la dependencia deberá transparentar la finalidad para la cual se recaban los datos personales, las instancias que los conservarán, el fundamento legal para solicitarlos y el tratamiento que se les dará.
Se trata de una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( INAI ), en atención a la solicitud de un particular.
“El tratamiento de los datos personales por parte de las instituciones públicas se constituye de manera directa en actos sujetos al escrutinio público; es decir, son actividades sobre las cuales debe existir el deber de informar para qué se recaban los datos personales, cómo son utilizados y de qué forma serán protegidos, entre otros aspectos”, sostuvo el Comisionado Adrián Alcalá Méndez, encargado del proyecto.
Al presentar el caso ante el Pleno, subrayó que toda instancia responsable de resguardar datos personales debe tratarlos con estricto apego a los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
“Esto implica necesariamente que todo tratamiento de datos personales, incluido el momento en el que se reciben, debe garantizar a las personas un uso adecuado, seguro, informado, legal y que no sea desproporcionado”, agregó.
El Comisionado del INAI dijo que este asunto permite observar el vínculo estrecho que existe entre los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, para favorecer a las personas en el goce de otros derechos fundamentales, en este caso, el de la salud.
Explicó que fue un particular quien interpuso una querella luego de que, tras solicitar información sobre los módulos de vacunación y el motivo por el que piden datos personales, la SSA respondió que no contaba con datos al respecto.
Al analizar el caso, el INAI determinó que la SSA debe contar con información de las personas responsables de recabar los datos personales en los centros de vacunación, "pues fue la propia dependencia la que elaboró la estrategia operativa de la política nacional de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México".
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Se advirtió que dicho documento rector establece, entre otros aspectos, la estructura de las cédulas de vacunación y la intervención de una persona encargada de capturar los datos personales de quienes acuden a aplicarse la vacuna.
Por ese motivo, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la SSA y le instruyó entregar el Aviso de Privacidad para la aplicación de la vacuna, así como realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, a fin de proporcionarla a quien la requirió.
cg