Más Información
Videojuegos, el nuevo gancho del crimen para captar menores; los atraen con promesas de dinero y poder
Trump declarará a cárteles como organizaciones terroristas; "fui muy duro con México, hablé con la nueva presidenta"
Óscar Rentería Schazarino, ha operado contra CJNG, Viagras y Templarios; es el nuevo secretario de Seguridad en Sinaloa
Más de 200 niños huérfanos por el crimen organizado en Sonora, disfrutan su posada; "queremos que su Navidad sea más feliz"
La Sala Regional Especializada del Trinbunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ) determinó que no existe calumnia ni discriminación en el spot “Morena te cuesta” que difundió el PRI a través de redes sociales.
Morena presentó una queja en contra del PRI por la difusión del spot, a través del cual el Revolucionario Institucional se refirió al incremento de precios en productos comestibles, de 2018 a 2021.
En poco más de un minuto, el PRI cuestionó si realmente el país está mejor bajo la administración de Morema y remata con un: “cada día nos alcanza para menos, Morena te cuesta”.
Ello fue impugando por Morena que acusó calumnia y un supuesto uso de estereotipos de género que, dijo, constituyen discriminación.
Lee también
En el proyecto presentado por el magistrado Luis Espíndola, se planteó declarar infundada la queja, toda vez que el spot no difundió ningún hecho falso.
“El señalamiento de que la inflación se ha visto reflejada en el alza de precios de la canasta básica, se encuentra dentro de los parámetros permitidos, tomando en consideración que se trata de una crítica severa que, aún y cuando pueda resultar molesta, incluso incómoda, no configura la calumnia, dado que su contenido aborda un tema de interés general para la ciudadanía, lo cual enriquece el intercambio de ideas en un contexto democrático”, defendió el magistrado Espíndola.
Lee también
Añadió que se determinó la no utilización de estereotipos de género que constituyan discriminación o violencia en contra de las mujeres , ya que el hecho de que en el spot aparezca una mujer, supuestamente ejerciendo labores de comercio de frutas y verduras, no implica la asignación de roles domésticos o de cuidado.
“Incluso se observa que tanto la mujer como el hombre realizan la misma actividad: el comercio, sin que implique una jerarquía inferior, por tanto, no perpetúa estereotipos”, detalló Luis Espíndola.
Lee también
jabf/rcr