Sociedad

Trabajadoras del hogar e independientes podrán tramitar créditos al 15 de junio: IMSS

La directora de Incorporación y Recaudación del IMSS, Norma Gabriela López, indicó que suman ya 9 mil 202 solicitudes en trámite; el 54% de los solicitantes de apoyo son hombres y el 46% son mujeres, detalló

Foto: Especial
09/06/2020 |20:50Susana Zavala |
Redacción El Universal
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La directora de Incorporación y Recaudación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Norma Gabriela López Castañeda , informó que el plazo para tramitar un crédito solidario para trabajadoras del hogar y trabajadoras independientes concluye el próximo lunes 15 de junio.

López Castañeda, quien acudió a la conferencia vespertina en Palacio Nacional en representación de Zoé Robledo, indicó que suman ya 9 mil 202 solicitudes en trámite.

“Son 6 mil 127 solicitudes de personas trabajadoras independientes y 3 mil 75 de personas trabajadoras del hogar, prácticamente el doble estaría siendo ya el universo de personas trabajadoras independientes”, detalló.

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La funcionaria indicó que un 54% de los solicitantes del apoyo son hombres y el 46% son mujeres. Y sobre el rango de edad, dijo que en el caso de trabajadores independientes era entre 50 y 60 años, con respecto a las trabajadoras estaba en un rango de entre los 41 y 50 años de edad.

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La directora de Incorporación también expusó sobre los trámites digitales que pueden llevar a cabo los patrones como el alta patronal, la inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo, las altas y bajas de los trabajadores, modificaciones salariales, disponibles en línea.

Aseguró que para ingresar al IMSS Digital - disponible en el portal del Instituto-, requiere la FIEL en el caso de personas físicas o personas morales que no estén sujetas a un régimen especial; sin embargo, en el caso del régimen de incorporación fiscal y en el caso de las sociedades simplificadas, se ingresa con la CURP .

Otros datos que se requieren son RFC, CURP, datos del centro de trabajo y la clasificación de la empresa. Además, se debe contar con los comprobantes de domicilio, el poder notarial de la persona que se va a registrar ante el IMSS, la escritura pública. En el caso del Régimen de Incorporación Fiscal no se solicita esta documentación.

Y ya como resultado de este trámite se obtiene el Registro Patronal y la Tarjeta de Identificación . Una vez con el Registro Patronal, se transmiten los movimientos afiliatorios, es decir, registrar a los trabajadores para generar su Número de Seguridad Social .

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“Una vez que tenemos estos datos y la CURP, pues entonces ingresamos nuestro movimiento afiliatorio a través de IDSE, que se llama IMSS desde tu empresa, para esto no necesitamos ingresar algún documento adicional simplemente contar con esta información. Y el resultado pues ya es la constancia del movimiento afiliatorio” señaló López Castañeda.

Agregó que que en la “ nueva normalidad ” es importante saber si la empresa tiene o no riesgos de trabajo, esto dependerá el monto que se cubra de este seguro.

Para ello, se debe identificar la clasificación que tiene la empresa - el IMSS tiene cinco clases-, que va desde la que se asocia a un menor riesgo de los trabajadores, hasta la que tiene mayor riesgo que es la uno a la cinco.

Entre mayor sea el riesgo de la empresa, es mayor es el porcentaje que se paga del seguro de riesgos de trabajo y si el riesgo va disminuyendo, la prima se va a justando año con año.

“Es muy importante que nos fijemos en cuál es la actividad en que se asocia el riesgo de nuestros trabajadores y entonces no tengamos esta afectación más adelante”, concluyó la funcionaria.

cev/nv

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