Sociedad

Sólo autoridades pueden vulnerar Derechos Humanos, aclara ómbudsman

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez, indicó que son las instancias judiciales las que deben investigar los delitos

Sólo autoridades pueden vulnerar Derechos Humanos, aclara ómbudsman
13/11/2017 |12:38
Redacción
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En México sólo las autoridades pueden vulnerar los derechos humanos, las conductas que afectan a otras personas son delitos cuya obligación de investigar, perseguir y enjuiciar corresponde a i nstancias judiciales, no a organismos defensores de derechos humanos.

Así lo afirmó el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos , Luis Raúl González Pére z durante la inauguración del Foro Nacional “Sumemos Causas por la seguridad: ciudadanos+policías”.

Indicó que la defensa de los derechos humanos no promueve el incumplimiento de la ley o que la misma sea objeto de negociación, al referirse sobre los debates de que las garantías individuales son la causa última de la inseguridad y de la impunidad.

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“Me refiero al falso debate que se ha generado al pretender encontrar en la defensa y protección de los derechos humanos la causa última de la inseguridad y de la impunidad, así como argumentar que los organismos que protegemos y defendemos los derechos fundamentales de las personas volteamos la cara a los derechos que asisten a las autoridades”, dijo.

“La defensa de los derechos humanos no promueve el incumplimiento de la ley o que la misma sea objeto de negociación. Por el contrario, solo en el marco de la ley los derechos humanos se pueden materializar y ser vigentes”.

Enfatizó en que todas las personas tienen derechos humanos pero que sólo incurren en violaciones a los mismos las autoridades.

“Con nuestro sistema jurídico, en México sólo las autoridades pueden violar derechos humanos. Cuando un particular realiza una conducta que afecta o vulnera a otra persona, en todo caso lo que estará cometiendo es un delito, cuya persecución y sanción no corresponde en modo alguno a los organismos de protección y defensa de los derechos de humanos, sino a la autoridad ministerial correspondiente y, en última instancia, al Poder Judicial. Todas las personas tienen derechos humanos, sean autoridades o particulares, pero es claro que sólo pueden incurrir en violaciones a los mismos las autoridades.

“Cuando un particular agrede o afecta a una autoridad, dicha conducta, de encontrarse tipificada como tal, sería constitutiva de un delito y, en consecuencia, tendría que ser calificada e investigada como tal, por las autoridades ministeriales competentes, función en la que no tienen injerencia los organismos de protección y defensa de los derechos humanos. Si un ataque o agresión a un elemento policial o cualquier otro cuerpo de seguridad permanece impune, es porque la autoridad ministerial no ha cumplido con su obligación de investigar y perseguir el delito, siendo esa omisión o falta de actividad una conducta que sí podría violar los derechos humanos de los servidores públicos agraviados, al negarles su derecho a que se les imparta justicia”, agregó.

Puntualizó en que los derechos humanos no obstaculizan la aplicación de la ley ni son antagónicos a los servidores públicos encargados de la seguridad pública por lo que llamó a asumir la reforma policial como una prioridad para el Estado mexicano pues de continuar postergando su discusión y definición provoca que no se garanticen niveles mínimos de seguridad para las personas y su patrimonio.

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