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La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) anunció que los patrones están obligados a pagar los salarios íntegros a los trabajadores que acrediten su ausencia debido a causas de fuerza mayor, esto en el marco de los fenómenos naturales que han azotado al país.
Los trabajadores que resultaron afectados por los sismos deben notificar al patrón su causa de fuerza mayor y acreditarla con evidencias, a fin de garantizar el pago de su salario y ante cualquier conflicto laboral, así lo recomendó la titular de la dependencia, Aurora Cervantes Martínez.
La funcionaria del organismo desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), consideró importante que tanto trabajadores como patrones afectados den cumplimiento estricto a las obligaciones previstas por la ley, para evitar que las relaciones de trabajo se vean afectadas por incumplimiento imputable a alguno de ellos.
“Los patrones tienen la obligación de pagar el salario, de no suspender la paga y, por supuesto, de no afectar a los trabajadores de ninguna forma, siempre que ellos acrediten avisando oportunamente que tienen una causa justificada y que por esa causa justificada no van a poder asistir a sus centros laborales”, indicó.
Explicó que, cuando son imputables las causas al trabajador, el patrón no tiene otra obligación más que entregar los montos correspondientes por alcances legales, es decir, las partes proporcionales de sus prestaciones.
Por otro lado, cuando es causa imputable al patrón se considera despido injustificado y el trabajador tiene derecho a demandar su reinstalación o indemnización correspondiente. La procuraduría laboral detalló que de acuerdo a los artículos 427, fracción I, y 434, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, existen supuestos en los que la relación laboral puede suspenderse o terminar por causas ajenas a cualquiera de las partes.
Este es el caso de un desastre natural, en que el incumplimiento de una obligación no es imputable al trabajador ni al patrón, ya que ambos se vieron impedidos a cumplir con sus respectivas obligaciones por causa de un acontecimiento que está fuera del dominio de sus voluntades y el cual no se puede prever o, aun previniéndolo, no hay forma de evitarlo.
De forma provisional, personal de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo atiende en las oficinas de la STPS ubicadas en Carretera Picacho-Ajusco número 714, Colonia Torres de Padierna, Delegación Tlalpan, en la Ciudad de México.
También se ponen a disposición los números telefónicos 01 800 717 2942 y 01 800 911 7877, para servicios gratuitos de orientación, asesoría, conciliación y/o representación jurídica; así como el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.
cg