Más Información
Claudia Sheinbaum entra al top 100 de “Titanes”; Revista Time la suma a los líderes más influyentes en tema ambiental mundial
Hacienda entrega Paquete Económico en la Cámara de Diputados; prevé ingresos por 8 billones y déficit de 3.9%
Tras elección en la CNDH, Nashieli Ramírez pide piso parejo; “no sé si pequé de ilusa, no veía tan cantado”
Este martes, la mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinaron que el Congreso del Estado de Michoacán está facultado para nombrar y/o ratificar al contralor interno del Tribunal Superior de Justicia de dicha entidad federativa.
Con 7 votos a favor, la Corte estableció que la ratificación del titular del órgano interno de Control del Poder Judicial local por parte del Congreso, no vulnera los principios de autonomía e independencia judicial establecidos en la Constitución Federal, pues las entidades federativas gozan de libertad configurativa al respecto.
Por su parte, el ministro presidente, Arturo Zaldívar , y la ministra Yasmín Esquivel , quienes votaron en contra, aseguraron que la ratificación del contralor por parte del poder legislativo estatal sí viola la autonomía e independencia de los poderes judiciales de los Estados, y que se trata de una subordinación.
Lea también: Intervención de SCJN en matrimonio igualitario divide a diputados en Yucatán
Zaldívar sostuvo que se puede producir una intromisión, subordinación o dependencia del Poder Judicial Estatal, pues inciden en la actividad propia de la judicatura; además, su labor requiere de garantías institucionales máximas que aseguren su independencia y autonomía.
Mientras que Esquivel Mossa afirmó que vulnera los 3 principios esenciales en la división de poderes: no intromisión, no dependencia, y no subordinación; porque el Poder Judicial local queda a expensas de lo que una votación al interior del Congreso decida sobre el contralor.
cev