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Este martes, la mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinaron que el Congreso del Estado de Michoacán está facultado para nombrar y/o ratificar al contralor interno del Tribunal Superior de Justicia de dicha entidad federativa.
Con 7 votos a favor, la Corte estableció que la ratificación del titular del órgano interno de Control del Poder Judicial local por parte del Congreso, no vulnera los principios de autonomía e independencia judicial establecidos en la Constitución Federal, pues las entidades federativas gozan de libertad configurativa al respecto.
Por su parte, el ministro presidente, Arturo Zaldívar , y la ministra Yasmín Esquivel , quienes votaron en contra, aseguraron que la ratificación del contralor por parte del poder legislativo estatal sí viola la autonomía e independencia de los poderes judiciales de los Estados, y que se trata de una subordinación.
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Zaldívar sostuvo que se puede producir una intromisión, subordinación o dependencia del Poder Judicial Estatal, pues inciden en la actividad propia de la judicatura; además, su labor requiere de garantías institucionales máximas que aseguren su independencia y autonomía.
Mientras que Esquivel Mossa afirmó que vulnera los 3 principios esenciales en la división de poderes: no intromisión, no dependencia, y no subordinación; porque el Poder Judicial local queda a expensas de lo que una votación al interior del Congreso decida sobre el contralor.
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