Hasta con 403 mil pesos pesos podrían ser sancionados los patrones que no realicen el pago del aguinaldo a sus trabajadores, advirtió la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Roberto Campa Cifrián
, titular de la STPS, destacó que sin excepción, todos los trabajadores de base, confianza, sindicalizados, eventuales, comisionistas, vendedores y semejantes deberán de recibir, a más tardar el 20 de diciembre, el pago del aguinaldo, y cuyo monto mínimo es equivalente a 15 días de salario .
Detalló que los empleadores deben pagarlo en efectivo, o a través de medios electrónicos, además que no está permitido hacerlo por medio de mercancías, vales o cualquier otro signo representativo que sustituya la moneda.
“Los patrones se encuentran obligados a cubrir este pago que deben recibir todas y todos los empleados, sin importar si son trabajadores de base, confianza, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, entre otros. Todos tienen derecho al aguinaldo. Es un derecho irrenunciable y, bajo ninguna circunstancia, el patrón puede argumentar problemas para no pagarlo o reducir el importe del mismo”, subrayó.
Aquellas personas trabajadoras que no tienen un contrato firmado o son eventuales, también tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo, ya que la existencia de un contrato, o de una relación de trabajo, se presume desde el momento en el que existe alguien que presta un trabajo personal y alguien que lo recibe.
En el incumplimiento de forma completa o tardía, los patrones pueden hacerse acreedores a una multa, de conformidad con lo establecido en el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo; es decir, una sanción de 50 a 5 mil veces el valor de las Unidades de Medida y Actualización que va desde los 4 mil 030 hasta los 403 mil pesos.
“Existen instancias de gobierno que protegen los derechos laborales de las y los mexicanos. Para el caso en que no se pague el aguinaldo o se pague incompleto, o extemporáneo, las y los trabajadores pueden presentar su reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet); cuentan con el plazo de un año”, indicó Campa Cifrián.
La procuradora general de la Defensa del Trabajo, Alejandra Negrete , aseguró que los trabajadores tienen un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago de su aguinaldo, además presentó la campaña “Profedet defiende el pago de tu aguinaldo” , la cual se difundirá a nivel nacional y con la que se espera alcanzar más de 200 mil impactos.
“Aprovecho este espacio para invitar a todas y todos aquellos que requieran orientación con relación a este derecho a que acudan a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en donde, de manera gratuita, ponemos a su disposición nuestros servicios, ya sean vía telefónica, por correo electrónico, en redes sociales o bien de manera personal en cualquiera de nuestras 48 oficinas en el territorio nacional”, enfatizó.
Para quienes requieran servicios gratuitos de asesoría y orientación con relación a la fecha o monto del aguinaldo, la Profedet pone a disposición los teléfonos 01 800 7172 942 y 01 800 9117 877 para toda la República Mexicana.
En lo que va de la presente administración, se ha otorgado a los trabajadores y sus familias, más de 970 mil asesorías y orientaciones, cerca de 75 mil conciliaciones, y se ha interpuesto más de 97 mil juicios, y presentado cerca de 5 mil amparos.
La Procuraduría laboral mantiene una eficacia de cerca de 9 de cada 10 juicios concluidos en favor de las personas trabajadoras y sus beneficiarias recuperando un monto mayor a los 13 mil millones de pesos.