La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados , dependiente de la Secretaría de Gobernación , reinstaló la mesa interinstitucional para proteger e integrar a las personas refugiadas en México .
Esta mesa es presidida por Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro Encinas Rodríguez , se realiza con fundamento en el artículo 44 y 54 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, y busca promover las acciones y compromisos de las dependencias federales, la sociedad civil y organismos internacionales, a favor de la integración de las personas refugiadas en México .
Este grupo está integrado por representantes de 18 instituciones gubernamentales, sociedad civil y organismos internacionales; las tareas se enmarcan en el plan de trabajo de la primera presidencia temporal del Marco Integral Regional para la Protección y Soluciones ( MIRPS ).
La Secretaría de Gobernación difundió que 2017, Belice , Costa Rica , Guatemala , Honduras , México y Panamá adoptaron la Declaración de San Pedro Sula para trabajar de manera conjunta en implementar el MIRPS . En 2019 México fue electo para asumir la primera presidencia por un año.
“El MIRPS es la expresión regional del Marco de Respuesta Integral para Refugiados y de la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes. También constituye el primer ejemplo concreto del Pacto Mundial de los Refugiados 2018 y su mecanismo de responsabilidad compartida en acción, para hacer frente a movimientos de personas en busca de protección internacional, en un marco de respeto a su dignidad, derechos y libertades fundamentales”, indicó.
Entre los acuerdos está la creación de mesas temáticas: Salud, Educación, Trabajo y Registro e identidad.
Asimismo se acordó enmarcar en el plan del trabajo de la presidencia del MIRPS , que las acciones sean a nivel nacional y local: además de que los temas de género y no discriminación sean transversales en todos los compromisos y mesas de trabajo.
Se brindará capacitación al personal de las dependencias sobre las condiciones particulares de las personas solicitantes del carácter de refugiadas y refugiados.