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Un tribunal federal declaró que no procede levantar la ley seca decretada desde el pasado 10 de abril en el municipio de ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, porque no pone en riesgo la vida de los ciudadanos.
El Segundo Tribunal Colegiado en el Estado de México negó suspender el decreto del 10 de abril pasado en dicho municipio por el que se prohibió la venta de bebidas alcohólicas en la demarcación como parte de las medidas implementadas para evitar contagios de Covid-19.
El amparo fue promovido por un habitante de Nezahualcóyotl que afirmó que para evitar contagios se restringieron las reuniones sociales o fiestas en la demarcación pero que ello no debía impedirle ingerir bebidas alcohólicas de modo individual.
Pero el juez Noveno de Distrito en el Estado de México negó la suspensión que solicitó, razón por la que el ciudadano tramitó un recurso de queja ante el Segundo Tribunal Colegiado.
En su resolución, el Colegiado destacó que pese a las medidas implementadas es de conocimiento público que la gente continúa realizando fiestas y reuniones que implican cierto riesgo de contagio.
“Es de conocimiento de quienes ahora resuelven que por diversos medios de comunicación se ha referido que la sociedad continúa realizando fiestas y reuniones (en las que regularmente se ingieren bebidas alcohólicas), pese a las diversas acciones por parte de las autoridades correspondientes, por lo que, el riesgo de contagio incluso constituye un problema de seguridad pública”, señalaron.
“Debe negarse la suspensión provisional, pues de concederse se afectaría el orden público e interés social”.
Consideraron que la prohibición de vender bebidas alcohólicas en la demarcación es una medida que puede ser soportada por el quejoso sin poner en riesgo su vida, es decir, que puede pasar la contingencia sin beber y no morir por esa razón.
“La restricción a venta de bebidas alcohólicas es una cuestión que puede ser soportada sin tener consecuencias fatales, a diferencia del otorgamiento de la medida que pudiera implicar la afectación al derecho a la salud (e inclusive a la vida) de los habitantes de Nezahualcóyotl, Estado de México”, agregaron.
MAOT