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La Suprema Corte de Justicia de la Nación cerró la puerta a los ahorradores afectados por el caso Ficrea que buscaban que el expediente fuera atraído y discutido por los ministros para que el gobierno federal los indemnice por defraudación.
Durante la sesión de este miércoles, los ministros de la Segunda Sala declararon infundado un recurso de reclamación presentado por los afectados contra la decisión del presidente de la Corte, Luis María Aguilar, quien desechó un recurso de revisión que presentaron contra una sentencia dictada por el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Primer Circuito.
En la sentencia recurrida, los magistrados del Tribunal Colegiado confirmaron que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es la autoridad competente para conocer y resolver la reclamación de indemnización que realizaron los quejosos en contra del Estado mexicano.
Por lo que la Segunda Sala confirmó la improcedencia del recurso de revisión debido a que las sentencias de los tribunales colegiados que resuelven un recurso en revisión son inatacables debido a que se consideran cosa juzgada.
La resolución emitida por la Segunda Sala no analiza la reclamación del pago que realizaron los afectados por el caso Ficrea por concepto de indemnización.