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La Suprema Corte de Justicia de la Nación se prepara para negar un amparo a la empresa Teléfonos de México, S.A. de C.V., propiedad de Carlos Slim, contra las multas que recibió por instalar cabinas telefónicas en las calles de la Ciudad de México sin contar con autorización para ello.

En la sesión de hoy los integrantes de la Segunda Sala de la Corte analizarán la propuesta de la ministra Margarita Luna Ramos para negar la protección de la justicia federal a Telmex contra las multas que le impusieron las autoridades capitalinas al no observar las normas de urbanismo de la CDMX e instalar las cabinas.

En su demanda de amparo Telmex alegó que la exigencia de los permisos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal para colocar las casetas impiden que los servicios públicos de telecomunicaciones se presten conforme a lo establecido en la Constitución, con lo que se incumplen las obligaciones contenidas en el título de concesión y que “la población no reciba aquellos servicios en condiciones de calidad, continuidad, cobertura universal, acceso libre y sin injerencias arbitrarias”.

Invocó otras sentencias emitidas por la Corte en casos en los que la prohibición de la colocación de antenas de telefonía celular fue considerada como una limitante para que los ciudadanos accedan al servicio por el que están pagando.

El proyecto de la ministra Luna Ramos confirma que la sola concesión del gobierno federal para explotar el servicio telefónico no implica que Telmex pueda colocar cabinas telefónicas sin el permiso de la Seduvi.

“No puede equipararse la obtención de permisos para la instalación de casetas telefónicas con la prohibición absoluta de instalar antenas de telefonía celular que imposibilita la utilización del espectro radioeléctrico, pues en el caso de las primeras el servicio de telefonía de igual modo se sigue prestando y una vez obtenidos los permisos correspondientes se podrán instalar las casetas”, indica.

De aprobarse la propuesta de la ministra se confirmaría la sentencia emitida el 1 de junio de 2016 por la Sala Superior del Tribunal Federal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal que indica que aunque Telmex demostró tener el título de concesión para prestar servicio telefónico ello no le exime de dar cumplimiento a las normas locales.

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