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Un juez federal de Oaxaca concedió la suspensión de oficio y de plano en un juicio de amparo que interpuso un quejoso contra la falta de aplicación de medidas sanitarias y de prevención de las autoridades para detectar casos de personas infectadas con el virus COVID-19 y evitar su propagación en el territorio nacional.
El Juzgado Primero de Distrito en dicha entidad, en el expediente 290/2020, ordenó a las autoridades del sector salud otorgar las medidas necesarias, entre ellas, de contención, prevención y detección inmediata de las personas infectadas, a fin de evitar la propagación del coronavirus.
Dio un plazo de tres días a las autoridades federales para que hagan del conocimiento de este juzgado la forma y términos en que den cumplimiento a la suspensión decretada, debiendo remitir vía electrónica.
"Apercibida que de no hacerlo, su conducta actualizará el delito previsto por el artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo, y de inmediato se dará vista al agente del Ministerio Público de la Federación para los efectos legales a que hubiere lugar".
En el auto publicado ayer, el juez federal señaló que "toda vez que el acto reclamado puede incidir en la vida de la parte quejosa, se concede la suspensión de oficio y de plano de los actos que reclama consistente en la falta de implementación de medidas y acciones necesarias, falta de aplicación de medidas sanitarias, falta de adopción de medidas de contención, falta de emisión de medidas preventivas para detectar los casos de personas infectadas con el virus COVID-19 y evitar su propagación en el territorio nacional, para el efecto de que las autoridades responsables otorguen las medidas necesarias, entre ellas, de contención, prevención y detección inmediata de las personas infectadas, a fin de evitar la propagación del virus COVID-19 y preservar la vida de la parte quejosa".
MAOT