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CDMX.- Los adultos integrantes de la caravana migrante que vengan con sus hijos menores de edad o adolescentes , no podrán ser deportados .
Así lo resolvió un juez federal en el juicio de amparo tramitado por la Oficina de Derechos de la Infancia en el que consiguió una suspensión definitiva para que hasta en tanto se resuelva el asunto, las autoridades del Estado mexicano salvaguarden a los menores de edad que forman parte de la caravana migrante .
El amparo fue presentado ante el Juez Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región en la Ciudad de México que ordenó remitir el expediente ante un juez en materia penal para que continúe con el trámite.
De acuerdo con el expediente el juzgador indicó que concedió la suspensión para evitar que los menores de edad migrantes sufran violaciones a sus derechos humanos durante su paso por territorio nacional.
“A fin de salvaguardar el interés superior de los agraviados por tales actos se concede de oficio y de plano en favor de los familiares de las niñas, niños y adolescentes de las caravanas de personas migrantes y solicitantes de asilo que ingresaron a México el 19, 28, 31 de octubre y 2 de noviembre de 2018 la suspensión de los actos reclamados que estén vinculados con las actividades mencionadas a continuación:
“Realizar cualquier acto tendente a la deportación de los padres o de quienes ejerzan la patria potestad de las niñas, niños y adolescentes que viajan en las caravanas de personas migrantes y solicitantes de asilo”, señaló el juzgador.
Justificó la medida en que a pesar de que desconoce la situación migratoria irregular en la que se encuentra cada familiar de los menores migrantes existe un riesgo latente de deportación de los integrantes de las caravanas migrantes.
La Oficina reclamó de las autoridades federales la omisión de enviar personal especializado suficiente para conocer el número de niñas, niños y adolescentes que viajan en las caravanas migrantes que ingresaron a México los pasados 19, 28, 31 de octubre y 2 de noviembre pasados para adoptar medidas de planeación, prevención y protección para ellos.
También reclamaron la omisión de diseñar, ejecutar y dar seguimiento a un plan integral de actuación para garantizar un acompañamiento adecuado a los menores migrantes.
En el acuerdo publicado el pasado 22 de noviembre el juez concedió la suspensión de estos dos puntos para que cesen las omisiones reclamadas por el organismo que presentó el amparo.
En tanto, reclamó la omisión de otorgar “automáticamente” a todos los migrantes el reconocimietno como personas refugiadas y a los menores de edad que así lo deseen pero el juez negó la suspensión solicitada.
En cambio, concedió la suspensión para que las autoridades garanticen a los migrantes el acceso a un procedimiento conforme a los estándares especializados y con personal debidamente capacitado para que se les declare en condición de refugiados.