Más Información
Liberación del empresario Tariácuri Hernández; la intervención de autoridades y la oración de su familia
Plan Nacional Hídrico garantizará el agua para consumo humano: Semarnat; será una revolución en el país: Sader
Líderes de provincias de Canadá usan exclusión de México del T-MEC para fin electoral: Sheinbaum; “Trudeau no está de acuerdo”, señala
Corte Penal Internacional emite órdenes de arresto contra Netanyahu y mandos de Hamas; los acusa de crímenes de guerra en Gaza
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) asumir competencia y dar a conocer, el nombre de las 15 personas sobre quiénes la autoridad jurisdiccional ejerció facultades y decretó una sentencia condenatoria irrevocable por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre 2007 y 2015.
Una particular dijo que en una respuesta a una solicitud de información se le informó sobre dichas causas penales con sentencias condenatorias irrevocables, por lo que solicitó conocer el nombre de las personas sentenciadas, argumentando que fueron encontradas culpables y condenadas, por lo que no se actualiza la protección de sus datos personales.
En respuesta, la PGR a través de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), dijo estar imposibilitado para proporcionar los datos requeridos, por tratarse de información contenida en resoluciones o laudos de procedimientos seguidos en forma de juicio, procesos de los que sólo formó parte y no actuó como autoridad. Sugirió presentar la solicitud ante el Consejo de la Judicatura Federal.
Inconforme con la incompetencia, la particular interpuso recurso de revisión ante el Inai, en el que manifestó que, si bien la información sobre sentencias está a cargo de los órganos jurisdiccionales, a la PGR le corresponde conocer de lo requerido, porque se trata de personas sentenciadas que formaron parte, primero de una carpeta de investigación y después se les consignó ante la autoridad judicial.
En el análisis del caso, a cargo del comisionado Oscar Guerra Ford, se encontró que el sujeto obligado sí tiene conocimiento de las resoluciones o sentencias que dicte el órgano jurisdiccional, ya que para que éstas causen estado y se ejecuten, siempre se le deben notificar al Ministerio Público o a quien corresponda.
Además, entre otros datos, contienen el nombre y apellidos del acusado.
Recordó que la propia PGR en la respuesta que dio a la solicitud diversa 0001700100818, informó a la particular que a 15 personas se les impuso una sanción condenatoria irrevocable por el delito de operaciones de recursos de procedencia ilícita, la causa penal, el juzgado que llevó el proceso penal, el circuito, el cártel al que pertenecían, la fecha en que se les emitió sentencia (2007-2015) y las penas impuestas.
Además, contrario a lo señalado por el sujeto obligado, la SEIDO y la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo son competentes para conocer de lo requerido.