El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( Inai ) ordenó a la Secretaría de Educación de la Ciudad de México ( Sedu ) dar a conocer los nombres y direcciones de las 20 escuelas públicas de la capital clasificadas en la categoría de “reconstrucción total” , por las afectaciones del sismo del 19 de septiembre de 2017.

Dicha resolución corresponde al primer paquete de 74 recursos de revisión que el Inai atrajo para garantizar el derecho de acceso a la información en la Ciudad de México, ante la falta de comisionados del órgano local para sesionar y resolver.

Un particular requirió los nombres y direcciones de las 20 escuelas públicas que se tendrían que reconstruir en su totalidad y los dictámenes que clasificaban en código rojo dichos inmuebles, como referencia citó el documento denominado "El sistema escolar ante los sismos de septiembre de 2017”.

La Sedu respondió que dicho documento fue elaborado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado , por lo que orientó al particular a dirigir la solicitud de información a dicha instancia.

Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal ( INFODF ), en el que manifestó que la solicitud de acceso no requiere la elaboración de un documento, sino la copia de los documentos con los que la Sedu debe contar.

Al ejercer su facultad de atracción, el Inai turnó el caso al comisionado Oscar Guerra y del análisis de su ponencia se desprende que la Sedu y la Secretaría de Educación Pública ( SEP ) coordinarían las acciones para atender las escuelas públicas que resultaron afectadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017.

Además, el Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Sedu , es el encargado de coordinar y supervisar la reconstrucción de los planteles educativos afectados . En ese contexto, la dependencia de la administración local quedó como responsable de elaborar un cronograma, en el que se establezca la programación de las obras.

La ponencia del comisionado Oscar Guerra señaló que es evidente que el sujeto obligado cuenta con facultades para atender a la solicitud y pronunciarse sobre la información consistente en los nombres y direcciones de las 20 escuelas afectadas.

msl

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