Sociedad

Estados deberán vigilar manejo de residuos tras sismos

Los residuos de la construcción, mantenimiento y demolición en general son considerados como residuos de manejo especial

Estados deberán vigilar manejo de residuos tras sismos
04/10/2017 |10:50Pedro Villa y Caña |
Pedro Villa y Caña
Reportero de la sección NaciónVer perfil

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente ( Profepa) informó que corresponde a las entidades formular, conducir y evaluar la política estatal, así como elaborar de manera coordinada con la Federación los programas en materia de residuos de manejo especial, tras los sismos ocurridos el 7 y 19 de septiembre.

La dependencia federal señaló que de acuerdo a Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), los residuos de la construcción, mantenimiento y demolición en general son considerados como residuos de manejo especial.

La Profepa detalló que de acuerdo al artículo cinco, fracción XXX de la LGPGIR, se considera a los residuos de manejo especial como “aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos”.

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La procuraduría ambiental indicó que dentro de las atribuciones de las entidades en materia de Residuos de Manejo Especial destaca el verificar el cumplimiento de los instrumentos y disposiciones jurídicas en materia de residuos de manejo especial e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables.

En este sentido, el organismo federal encargado de la política ambiental señaló que en el caso de que los residuos de manejo especial sean depositados en áreas federales, como áreas naturales protegidas, áreas forestales, selvas y zonas áridas, humedales o manglares, deberán cumplir con la legislación ambiental federal vigente, por lo que sólo en estos casos es responsabilidad de ambas autoridades, estatales y federales, vigilar el cumplimiento de las disposiciones ambientales locales y federales en el ámbito de sus respectivas competencias: en materia de residuos los estados y en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo la federación.

cg

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