Más Información
En carta, Sheinbaum responde a Trump sobre imposición de aranceles a México; “A un arancel vendrá otro”, señala
Tras anuncio de aranceles, Trudeau y Trump tuvieron una conversación “productiva” sobre comercio y fronteras
Ciudad de México.- La falta de insumos y equipo clínico, así como la inadecuada atención médica a cuatro recién nacidos de comunidades indígenas de Chihuahua, causaron la muerte de tres de ellos en el Hospital Comunitario de Guadalupe y Calvo, afirmó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), p or lo que dirigió una recomendación al gobernador Javier Corral Jurado.
El organismo indicó que en el primer caso, una joven de la comunidad tepehuana acudió al hospital para dar a luz a dos niños, quienes al nacer presentaron síndrome de dificultad respiratoria, fiebre y riesgos de padecer sepsis neonatal y enterocolitis necrosante.
Sin embargo, explicó que la inadecuada valoración médica, la falta de tratamiento oportuno, la escasez de personal y la permanencia indebida de los recién nacidos en cuneros en lugar de que fueran canalizados a la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) de otro hospital, provocaron el fallecimiento de ambos.
En el segundo caso, una mujer de la etnia rarámuri dio a luz a un niño que también presentó síndrome de dificultad respiratoria y disminución de la temperatura corporal, por lo que debió ser colocado en incubadora, pero estuvo en una cuna abierta, “lo que favoreció su deterioro clínico y la evolución del proceso patológico consistente en enterocolitis necrosante y sepsis neonatal, que le provocaron la muerte”, mencionó la CNDH.
El tercer caso es el de una mujer quien dijo que al momento de nacer su hija presentó datos sugestivos de síndrome de dificultad respiratoria, taquipnea y sepsis , por lo que personal médico la sometió a terapia antibiótica, que le fue suspendida sin otorgarle otro tratamiento, lo que la expuso a complicaciones que pudieron costarle la vida.
Sin embargo, la recién nacida fue trasladada a otro hospital en donde se le brindó la atención requerida y logró revertir el cuadro de sepsis.
La CNDH “consideró que hubo elementos suficientes para acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de los cuatro menores de edad y vulneraciones al derecho a la vida en perjuicio de tres de ellos por personal de salud”.
Enfatizó que “al tratarse de integrantes de comunidades indígenas, el personal de salud debió proveerles vigilancia estrecha y eficaz, atendiendo a las especificidades de su condición en cuanto menores de edad. Asimismo, al no contar con el material adecuado y suficiente, el hospital, que se encuentra ubicado en una región con altos índices de marginación, perpetúa las desigualdades e impide un mejoramiento de la calidad de vida de la población”.
En todos los casos, la CNDH determinó que la falta de insumos y equipo para practicar diversos análisis clínicos a las víctimas, la carencia de incubadora, que el hospital no contara con Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales y diversas irregularidades como ausencia de registros o procedimientos para lavado, desinfección, esterilización y aseo de áreas y mobiliario.
Además de que los afectados fueron valorados por un médico residente sin la dirección y asesoría de un médico adscrito, contribuyeron a la inadecuada atención y al fallecimiento.
Por lo anterior, la CNDH emitió la recomendación 25/2018, en la que solicitó al gobernador de Chihuahua reparar integralmente el daño ocasionado a la menor de edad, a sus familiares y a los de los niños que murieron, que incluya atención sicóloga, pago de indemnización y su inscripción en el Sistema Estatal de Atención a Víctimas del Delito.
Hizo el llamado a que a la menor que sobrevivió se le brinde atención médica vitalicia para dar seguimiento integral a las complicaciones derivadas del servicio inadecuado que se le proporcionó.
Instó a tomar las medidas pertinentes para dotar al hospital de material, equipo, medicamentos, infraestructura y personal necesario y a que el gobierno colabore con la CNDH en las quejas que presente para iniciar sendos procedimientos administrativos contra los servidores públicos responsables de las violaciones a derechos humanos señaladas.