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Un tribunal federal declaró que sí existe imposibilidad jurídica para crear la Comisión de la Verdad para investigar el Caso Iguala, tal y como argumentó la Procuraduría General de la República.
De acuerdo con las constancias judiciales, el magistrado del Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito emitió sentencia en el Incidente de Imposibilidad Real, Jurídica y Material promovido por la PGR en el juicio de amparo de Patricio Reyes Landa “El Pato”, identificado como supuesto sicario de los Guerreros Unidos que habría participado en la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa.
“Se declara que existe imposibilidad jurídica para cumplir la sentencia protectora pronunciada el treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho dentro de los autos del juicio de amparo en revisión 204/2017, en relación con el apartado donde se ordenó la constitución de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala) y las facultades concedidas en la investigación de delitos a dicha comisión”, indicó el magistrado.
Es decir, que el magistrado reconoció que los argumentos de que el ministerio público es quien tiene facultad exclusiva para investigar y perseguir delitos, por lo que, las atribuciones contenidas en la sentencia que ordena la creación de la Comisión , vulneran la naturaleza jurídica de la autoridad investigadora.
Sin embargo, las sentencias del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, quien ordenó la creación de la comisión, establecen otras obligaciones para la PGR pues los magistrados ordenaron la reposición del procedimiento desde la declaración de los quejosos, supuestos integrantes de los Guerreros Unidos.
Ello, debido a que existen indicios de que sus confesiones fueron obtenidas mediante tortura , por lo que los magistrados ordenaron la elaboración de nuevos dictámenes periciales con base en el protocolo de Estambul para determinar si ocurrió o no tortura.
Además, ordenaron investigar a los funcionarios que pudieron incurrir en estos actos.
EL UNIVERSAL informó que la PGR abrió investigación contra dos policías que pasaron de ser testigos en el caso a indiciados por actos de tortura contra los imputados por el secuestro, homicidio y crema de los estudiantes.
Ayer, el Tercer Tribunal Unitario tuvo por recibido un oficio en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó remitir las solicitudes de facultad de atracción sobre los recursos de revisión extraordinaria promovidos por la PGR.
Si la Primera Sala de la Corte atrae el caso, serán los ministros quienes definan si toda la sentencia del Colegiado es acorde o no a la constitución o, en su caso, deberán delimitar sus alcances.