Sociedad

Corte avala indemnización a pasajeros por vuelos demorados o cancelados

Ministros de la Segunda Sala de la Corte declararon que las aerolíneas tienen la obligación de garantizar el respeto a los derechos de los pasajeros, así como prestar servicios en condiciones de eficiencia, seguridad y eficacia

La Segunda Sala declaró que la indemnización que las aerolíneas deben pagar debe incluir todos los cargos e impuestos cobrados al cliente. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
17/10/2018 |16:49Diana Lastiri |
Redacción El Universal
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las indemnizaciones que las aerolíneas deben pagar a los pasajeros cuando incurran en demoras o cancelaciones de vuelos.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte , los ministros declararon que las aerolíneas tienen la obligación de garantizar el respeto a los derechos de los pasajeros, como que la prestación del servicio sea en condiciones de eficiencia, seguridad y eficacia.

A propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández , la Sala declaró que la indemnización que las aerolíneas deben pagar, debe incluir todos los cargos que fueron cobrados al cliente al momento de la compra del boleto, incluyendo los impuestos.

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Además, las aerolíneas deberán transportar gratis los instrumentos o herramientas que requieren los pasajeros con discapacidad, garantizar su ascenso, descenso y movilidad durante el vuelo.

De acuerdo con el fallo de la Corte , los menores de dos años de edad acompañados por un adulto viajarán gratis, al igual que sus carriolas.

agv

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