La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16% en alimentos para mascotas, esto al considerar que el mismo no causa ninguna discriminación hacia los contribuyentes.
El proyecto realizado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena revocó el amparo concedido a Wal Mart México contra la aplicación del IVA en alimentos para mascotas establecido en la ley que regula dicho gravamen.
La empresa alegó que es discriminatorio que al tratarse de animales de compañía, como perros y gatos, se aplique el 16% de IVA cuando de tratarse de alimento para caballos u otras especies grandes, se aplica una tasa del 0%.
Al respecto, el ministro explicó que no existe diferencia entre uno y otro y que tampoco es posible aplicar tasa cero a los alimentos para animales, al no tratarse de productos de la canasta básica.
“La voluntad legislativa de conceder el beneficio de la tasa 0% buscó en todo momento favorecer la producción y enajenación de los productos destinados a la alimentación humana, sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial”, indicó el ministro.
“La inoperancia de los planteamientos obedece a que la parte quejosa los hace depender de premisas falsas pues lo cierto es que todos los productos destinados a la alimentación animal se encuentran gravados a la tasa 16%, sin que hasta este momento se haya contrastado la inconstitucionalidad de esta tasa general”, apuntó.
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