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La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo dos amparos en revisión para analizar si las fotomultas en la Ciudad de México son violatorias de derechos humanos.
Por unanimidad, los integrantes de la Segunda Sala aceptaron resolver en definitiva el amparo promovido por un particular en contra de las fotomultas al considerarlas violatorias del derecho de audiencia previa .
En el otro amparo, el quejoso argumentó violaciones a los derechos humanos por la implementación del sistema de fotomultas tanto en la Ciudad de México y otros municipios.
El pasado 2 de mayo, la Segunda Sala declaró constitucionales las fotomultas en la CDMX y desestimó el argumento de que violaban el derecho de audiencia previa al imponerse infracciones inmediatas con la captura de la imagen de los automovilistas por supuestos quebrantos al Reglamento de Tránsito.
El ministro Alberto Pérez Dayán indicó que, para él la forma en la que están implementadas las fotomultas en la CDMX por las que la empresa concesionadas para tomar la imagen recibe un porcentaje por cada infracción, las convierte en violatorias de la seguridad jurídica.