Ciudad de México.- Un juez federal ordenó a la Secretaría de Salud y al Instituto de Servicios de Salud de Aguascalientes que busquen médicos que no se nieguen a practicar un aborto a una menor de edad víctima de violación.

Al considerar que los médicos que se niegan a practicar el aborto, debido a que son objetores de conciencia, vulneran el derecho a la salud de la menor, la discriminan y esto puede constituir tortura y malos tratos , el juez Primero de Distrito en el estado de Aguascalientes concedió una suspensión para que la niña acceda a la interrupción legal del embarazo.

El amparo fue tramitado a través de una asociación civil que asesoró a la madre de la niña víctima de violación pues se le negó la interrupción del embarazo de la misma bajo el argumento de que las instituciones de salud de Aguascalientes no cuentan con personal no objetor de conciencia. 

Esto, a pesar de que existe una Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Relativa a la Violencia Intrafamiliar, Sexual y Contra las Mujeres que regula la interrupción del embarazo en casos de violación.

Para que las autoridades cumplan con la suspensión concedida por el juez y practiquen el aborto, tienen 10 días para buscar dentro o fuera de la entidad a personal capacitado no objetor de conciencia.

Las autoridades deberán informar al Juzgado el cumplimiento de la suspensión y ordenó a la Asociación Civil ser el conducto para que la menor acuda en la fecha que señalen las autoridades a realizarse la interrupción legal del embarazo.

El juez indicó que la demora injustificada para practicar el procedimiento a la menor vulnera su derecho a la salud, es discriminatorio y puede constituir actos de tortura y malos tratos.

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