Por acciones y omisiones atribuibles a personal de tres hospitales por las que dos pacientes murieron y provocó que otro sufriera una cirugía innecesaria, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) dirigió tres recomendaciones al director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Germán Martínez Cázares .

En las recomendaciones 73/2018, 75/2018 y 77/2018 se señaló a personal médico del Hospital Regional 25 en Iztapalapa , en la Ciudad de México; del Hospital Rural-Prospera 54 , ubicado en Tlaltenango de Sánchez Román, en Zacatecas; y del Hospital General Naucalpan , en el Estado de México, se informó a través de un comunicado.

Aunque se hace la aclaración de que cada uno de los hechos ocurrió en distintas fechas, previas a la llegada de las nuevas autoridades del IMSS.

Se detalló que en el primer caso, el paciente permaneció 14 días hospitalizado con cuadro de obstrucción intestinal, y a pesar de haber ingresado por urgencias, no se detectó requerimiento quirúrgico y se le brindó tratamiento conservador a base de medicamentos.

A pesar de que su estado de salud se agravaba, se informó, no se tomaron medidas mayores ni se le intervino quirúrgicamente, sino hasta que los diagnósticos médicos indicaron choque séptico y foco infeccioso que derivó en paro cardiorrespiratorio y posterior fallecimiento.

En el segundo caso, se argumentó que la falta de un diagnóstico y tratamiento adecuado de una apendicitis aguda en una paciente produjo su fallecimiento.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas recibió la queja que fue remitida a la CNDH, que en su investigación determinó que los médicos del Hospital Rural

incumplieron su deber de garantizar atención médica oportuna y de calidad.

Al señalar que el ingreso de la paciente fue por dolor abdominal e indicar su egreso de forma precipitada sin emplear los medios terapéuticos para identificar su padecimiento, además de que demoraron en su envío a un hospital con mayor capacidad resolutiva, vulnerando su derecho a la vida.

Para el tercer caso, tras el análisis lógico jurídico al conjunto de evidencias, la CNDH acreditó que un médico incurrió en negligencia por omisión y falta de cuidado, pues el mismo día que operó a un niño de orquiectomía (extracción del testículo derecho afectado por un traumatismo) lo dio de alta, sin tomar en cuenta los factores de riesgo que presentaba para una torsión testicular contralateral como eran su edad, la manipulación quirúrgica y habérsele realizado una fijación testicular.

Esto contribuyó al deterioro y pérdida de viabilidad del testículo izquierdo por isquemia y necrosis y a su extirpación posterior a pesar de ser la única gónada viable.

Como consecuencia, la víctima requerirá manejo médico integral por los servicios de endocrinología, pediatría, traumatología y ortopedia, psiquiatría, psicología y nutrición, de por vida.

Es por eso que se señaló que el médico que intervino vulneró el derecho humano del agraviado a la protección a la salud, al principio del interés superior de la niñez y a la información, así como a la integridad personal de sus padres.

La CNDH recomendó por los tres casos al director General del IMSS, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, la reparación integral a las víctimas, que incluya compensación justa, atención médica, psicológica y, en los dos primeros, tanatológica.

Además de que se inscriba a las personas agraviadas en el Registro Nacional de Víctimas; colaborar en las quejas que se inicien ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y las denuncias que se formulen ante la Procuraduría General de la República e incluir copias de la correspondiente recomendación en los expedientes laborales del personal médico implicado.

Así como capacitar de manera integral al personal de los mencionados hospitales en materia de derechos humanos, así como del conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales mexicanas.

También adoptar medidas efectivas de prevención que permitan garantizar que los expedientes clínicos de los pacientes estén debidamente integrados conforme a la legislación nacional e internacional y las normas oficiales mexicanas; exhortar al personal médico a someterse al proceso de certificación y recertificación ante los Consejos de Especialidades Médicas para brindar un servicio adecuado y profesional.

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