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Ciudad de México.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos ( CNDH ) saludó la resolución del juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa quien declaró la incosntitucionalidad del acuerdo que desde octubre de 2017 suspendio plazos y términos a los procedimientos de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar).
En un comunicado, el organismo señaló que esta decisión constituye un paso fundamental para garantizar el respeto a los derechos humanos de los refugiados y "apuntala la defensa de los derechos de las personas en contexto de migración internacional que buscan protección en nuestro país".
La CNDH recordó que en febrero hizo un llamado al gobierno federal través de la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos, ante el posible colapso de la Comar, derivado del rezago en la resolución de solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado, debido a que en esa fecha se reportaban 14 mil 596 solicitudes iniciadas durante el 2017 por la Comar de las cuales cerca del 60% no habían sido atendidas.
"No existe información pública que permita conocer el número de personas que, durante el primer trimestre del 2018, hayan presentado una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado y se encuentren pendientes de resolución",añadió.
La CNDH indicó que con la publicación del acuerdo por el que se suspenden los plazos y términos de los procedimientos de la Comar se inició un periodo de incertidumbre para las personas extranjeras que buscan protección internacional en nuestro país, puesto que no cuentan con protección efectiva, derivado de "la poca capacidad operativa de la Comar para garantizar el desarrollo de los procedimientos en condiciones que permitieran dar certeza y seguridad jurídica".
En este sentido, la CNDH señaló que advirtió en febrero de este año de la preocupante situación en la que se encontraban hasta ese momento aproximadamente 3 mil 600 personas, quienes estaban a la espera de una resolución de protección, en algunos casos desde el 2016, número que hoy día necesariamente, afirmó, se ha incrementado, sin que exista la posibilidad de señalar en qué proporción, debido a que no existe información actualizada publicada por la Comar.
Ante esta situación, la Comisión Nacional de Derechos Humanos informó que diversas organizaciones de la sociedad civil e incluso los propios solicitantes de la condición de refugiado han acudido a instancias no jurisdiccionales, como es esta CNDH cuyos expedientes se encuentran en etapa de integración; e incluso a las instancias judiciales para efecto de reclamar su derecho a la seguridad jurídica y la pronta resolución de sus procedimientos.
"Es por ello que la CNDH considera que la resolución emitida por el Juez Noveno de Distrito de Amparo en Materia Administrativa de la Ciudad de México, mediante la cual determinó la inconstitucionalidad del Acuerdo que ha quedado citado, constituye un paso fundamental para garantizar el respeto a los derechos humanos de quienes han solicitado la condición de refugiado y apuntala la defensa de los derechos de las personas en contexto de migración internacional que buscan protección en nuestro país", agregó.
La Comisión consideró que no es razonable que se suspendan los plazos para desahogar el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado, toda vez que se afecta el derecho de acceso a la justicia, y se retrasa la obtención de acciones de asistencia institucional.
"Por todo lo expuesto, este organismo nacional vuelve a insistir y a recordarle a las instancias competentes del Estado mexicano que es fundamental y prioritario que se asuman los compromisos internacionales en materia de refugiados y solicitantes de asilo y cumpla con las disposiciones que se encuentran en el marco normativo vigente", dijo.
Manifestó que es fundamental que la Comar asuma las obligaciones que por ley le han sido conferidas, garantizando la protección más amplia a esta población en situación de vulnerabilidad, debido a que si bien ha iniciado un proyecto para atender la situación de crisis que enfrenta," aun no se evidencian los elementos contundentes que nos permitan concluir que se encuentran satisfechas las expectativas de protección, por lo que mantendremos el seguimiento estricto a las acciones que se implementen".
ahc