Por tercera ocasión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo un amparo en el que los ministros deberán analizar la constitucionalidad de la regulación de la maternidad subrogada en el país relacionada con parejas del mismo sexo y personas solteras .
Durante la sesión de la Primera Sala de la Corte , a propuesta del ministro A rturo Zaldívar Lelo de Larrea , el Máximo Tribunal reasumió su competencia en el amparo en el que los quejosos impugnaron varios artículos del Código Civil de Tabasco que regulan la gestación subrogada.
Los quejosos establecen que la regulación es violatoria de sus derechos de igualdad y no discriminación porque está basada en una “ concepción heteronormativa ” del matrimonio y de la familia que excluye injustificadamente a las familias homoparentales y a los solteros que desean tener hijos.
Las normas impugnadas establecen un rango de edad entre 25 y 35 años para que la mujer gestante pueda ser contratada como tal, lo que fue considerado como arbitrario y violatorio del derecho a un libre desarrollo de la personalidad.
El Código prevé la práctica de exámenes médicos previos a la realización del procedimiento para verificar que la mujer no posea algún padecimiento que ponga en riesgo al feto durante el embarazo, los quejosos indicaron que esto transgrede los derechos de las mujeres al dar prioridad al “bienestar y sano desarrollo del feto” por encima de la salud de la mujer.
Este es el tercer amparo sobre regulación de maternidad subrogada en el estado de Tabasco que atrae la Corte, ninguno de ellos ha sido resuelto aún.
Además la Procuraduría General de la República promovió una acción de inconstitucionalidad contra la regulación tabasqueña sobre maternidad subrogada debido a que consideró que el Congreso local invadió facultades exclusivas de los legisladores federales y que el tema es materia de la Ley General de Salud .
Este asunto también está pendiente de resolución.