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Desde enero de 2015 y hasta julio pasado, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar Morales, ha impuesto directamente 79 sanciones a trabajadores del máximo tribunal.

En la mayoría de sus resoluciones, Aguilar Morales determinó sancionar con apercibimientos públicos o privados y amonestaciones por faltas administrativas realizadas por los servidores adscritos a la SCJN, a las Casas de la Cultura Jurídica y otros organismos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

En su tercer informe de labores, que presentó el pasado 15 de diciembre, el ministro, quien también preside el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), expone que toda conducta contraria a los valores a los que deben sujetarse los impartidores de justicia y cualquier servidor público del PJF debe castigarse.

Reporta la realización de 290 procedimientos de investigación derivados de quejas y denuncias, y que durante 2017 sumaron con las acumuladas de 2016 un total de 384.

“Se sancionó a 407 servidores públicos y en el Registro de Servidores Públicos Sancionados se inscribieron 341 de esos hechos, incluidas las aplicadas por otros órganos disciplinarios del Poder Judicial de la Federación”, destaca.

“En el Consejo de la Judicatura Federal no se tolera conducta alguna contraria a la ley y se toman las medidas necesarias para combatirlas”.

Según un conteo de EL UNIVERSAL, el ministro presidente impuso suspensiones en seis de los 79 casos que resolvió y sólo en dos dictó la inhabilitación del servidor público.

Un caso fue el del ex subdirector general de Servicios Médicos de la Corte, a quien Aguilar Morales ordenó inhabilitar por un año debido a que al atender al personal del máximo tribunal expedía recetas con un número de cédula que no le correspondía, el que lo acreditaba como cardiólogo y en la Corte se desempeñaba como subdirector de dicha área, cuyas actividades eran valorar el estado de salud del personal del organismo judicial en ese rubro.

Durante la investigación, la SCJN tuvo por acreditado que el médico sí tenía cédula profesional para ejercer como cirujano, pero el número de cédula con el que acreditaba ser especialista en cardiología le pertenecía a otra persona.

La resolución fue emitida el 24 de noviembre de 2016, misma fecha en la que fue sentenciado el ex director de área del Canal Judicial.

Según la Ley Orgánica del PJF, las sanciones administrativas por conductas cometidas por servidores públicos de la SCJN son impuestas directamente por el ministro presidente del máximo tribunal. Tratándose de faltas de los ministros y faltas graves de los servidores públicos del máximo tribunal, resuelve el pleno de la Corte.

Para el caso de faltas graves de magistrados de circuito y jueces de distrito, corresponde al pleno del CJF determinar las sanciones, que pueden consistir en destituciones o inhabilitaciones para desempeñar cualquier cargo público.

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