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Desde diciembre de 2018 y hasta septiembre de 2024, en México se registraron 5 mil 362 presuntos feminicidios, de acuerdo con reportes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
En diciembre de 2018, cuando comenzó el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, se contabilizaron 99 feminicidios; en 2019, hubo 944 y en 2020 se registraron 947.
Durante 2021 se presentaron los meses con más violencia feminicida, en comparación con el año 2015, que registró 413 feminicidios, en 2021 la cifra se disparó 137.53%, con un total de 981. En enero de 2021 hubo 76 asesinatos de mujeres y en febrero se registraron 75, sin embargo, en marzo la cifra incrementó a 103; en abril bajó a 79 y en mayo volvió a subir a 106.
El mes más violento para las mujeres, durante la administración pasada, fue agosto de 2021, con un total de 108 presuntos feminicidios registrados, este mes rompió récord desde 2015 y hasta la fecha, de acuerdo con datos del SESNSP. En 2022 hubo 961 feminicidios y para 2023 la cifra bajó a 832.
De enero a septiembre de 2024, el reporte de Incidencia delictiva del fuero común contabilizó 598 feminicidios en todo el país. En enero hubo 59; en febrero, 61; en marzo se registraron 75; en abril, 65; para mayo incrementó a 83 y en junio hubo 65.
En julio se contabilizaron 62 y para agosto bajó a 54, durante septiembre, el último mes de gobierno de López Obrador, el SESNSP dio a conocer que 74 mujeres fueron asesinadas.
Por otro lado, el sexenio de AMLO cerró con un total de 199 mil 952 asesinatos, de los cuales, cerca de 16 mil eran mujeres; lo que implica un récord histórico de incidencia de este delito de alto impacto, en cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y SESNSP.
Expertas y organizaciones feministas piden ser tomadas en cuenta ante iniciativas de Claudia Sheinbaum
Expertas y organizaciones de la sociedad civil hicieron un llamado al Senado de la República para analizar, en un diálogo abierto, la iniciativa presentada por la Presidenta de la República, Claudia Sheinbaum el pasado 9 de octubre. Expresaron su preocupación en las modificaciones a la conceptualización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
“La iniciativa elimina la especificidad del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por un lado, ampliándolo a todas las personas y, por el otro, mezclándolo con los derechos de niños y adolescentes. Tan sólo en las propuestas al texto constitucional se utilizan cuatro términos distintos”, señalaron las activistas Marcela Lagarde y de los Ríos, Imelda Marrufo Nava, Lydia Cordero Cabrera, Aimeé Vega Montiel, Wendy Figueroa Morales, Dafne Peña Vera y Andrea Medina Rosas.
Advirtieron que el Artículo 116, mantiene su especificidad para las mujeres, pero en el Artículo 73 cambia el término a violencia de género; en el Artículo 4º constitucional lo presenta como un derecho general de todas las personas, pero en este mismo y en el Artículo 21 señala que las garantías deben ser reforzadas para mujeres, niños y adolescentes, y sólo en el ámbito de la seguridad pública.
“Esta última versión es la que se retoma en las modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley de Acceso), relacionadas con las órdenes de protección. En lugar de hacer reformas a esta Ley de Acceso y también a la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, la iniciativa rompe la especificidad y sentido de la Ley de Acceso”, indicaron.
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Cuestionaron que ahora se busca presentar como avance en la protección de los derechos de las mujeres una redacción que en realidad desmantela en su base dicha protección.
Además, dijeron, la reforma al Artículo 4º constitucional reduce las garantías del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia sólo al ámbito de la seguridad pública, cuando la propia Ley de Acceso y toda la normatividad relacionada han hecho énfasis en que la respuesta del Estado debe ser integral, de todas sus instituciones y poderes, a fin de que permita articular acciones tanto en el ámbito público como privado.
“Más que modificar con detalles la normatividad vigente, insistimos que las prioridades deben estar centradas en la operación de la norma, por ejemplo, con la implementación del Sistema de Indicadores de Progreso para la medición de la implementación de la Convención de Belém Do Pará”, señalaron las expertas.
A través de un pronunciamiento, dijeron que el diálogo es con el objetivo de cumplir cabalmente con las obligaciones internacionales y nacionales en materia del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la erradicación de la discriminación contra las mujeres.
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Explicaron que la iniciativa de reforma constitucional, así como a las leyes de igualdad entre mujeres y hombres, laborales, de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, del sistema de seguridad pública y los códigos de procedimientos penales, civiles y familiares; se presenta como un avance respecto de las órdenes de protección, a la política de cuidados, a la eliminación de la brecha salarial en contra de las mujeres, a la aplicación de la perspectiva de género en la procuración de justicia y a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
“Sin embargo, no se tocan los elementos estratégicos para lograrlo y sí se afectan puntos nodales de conceptualización, así como lo concerniente a la interpretación y operación de estos derechos. Es indispensable que las propuestas cumplan con los elementos básicos para que no se ponga en riesgo lo logrado hasta la fecha”, advirtieron.
Asimismo, pidieron que se tomen en cuenta las propuestas que ya se han diseñado y difundido al respecto por expertas y el movimiento feminista. Y solicitan a las Comisiones Unidas que van a analizar los cuatro paquetes que conforman esta iniciativa (Puntos constitucionales para la igualdad de género y Estudios legislativos), que se construya un debate con expertas y sociedad civil organizada para garantizar un orden social sustentado en los derechos humanos que asegure la igualdad entre mujeres y hombres.
jf/bmc