El avaló reformas para incluir, definir, regular y diferenciar en las leyes mexicanas a las aeronaves no tripuladas del Estado, que se utilicen en tareas de prevención, investigación y persecución de delitos, dispositivos también conocidos como “drones”.

Con 86 votos a favor, cuatro en contra y una abstención, se enmendaron diversas disposiciones de las leyes de Aviación Civil y de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, para también especificar que se elaboren lineamientos de regulación y operación de los drones empleados en las tareas específicas de seguridad antes referidas.

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El dictamen apunta que los drones son de gran utilidad para la policía, seguridad privada, militares y personal de emergencias, ya que les permite actuar de forma más eficaz y segura.

Sin embargo, aclara que no debe pasar desapercibido que los vehículos aéreos no tripulados están a la venta en portales virtuales como , lo que ha permitido que se desarrolle un mercado y, por ende, la creación de muchos modelos con distintas características y funciones.

Lo anterior les da un carácter de tecnologías de doble uso que representa un riesgo o amenaza, ya que son cada vez más utilizados por las organizaciones criminales.

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En ese sentido, los órganos dictaminadores consideran relevante dar certeza y diferenciar en las leyes mexicanas respecto a qué drones pueden ser utilizados por propietarios y usuarios de dispositivos para usos comercial, recreativo y privado no comercial, para no invadir la competencia de las instituciones que emplean drones para la prevención de los delitos.

El dictamen de la reforma a las leyes de Aviación Civil y de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo.

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